TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Martes 3 de noviembre de 2020 / El Peruano y Bienestar de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, con documento de Visto la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, propone se designe al señor Sergio Salguero Aguilar, como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones como Especialista Legal en Gestión de Recursos humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, en consecuencia, corresponde dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones de Secretaría General N° 010-2020-VIVIENDA/SG y N° 055-2020-VIVIENDA/SG; y, designar al Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE y modi fi catoria, Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones de Secretaría General N° 010-2020-VIVIENDA/SG y N° 055-2020-VIVIENDA/SG. Artículo 2.- Designar al señor Sergio Salguero Aguilar como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones como Especialista Legal en Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUANA R. LÓPEZ ESCOBAR Secretaria General 1899473-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Inkawasi, en el marco del “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 101-2020-DV-PE Lima, 2 de noviembre de 2020VISTO:El Informe Nº 000135-2020-DV-UE006-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006 - “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 038-2019-DV-PE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006 denominada “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el Pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cuyas atribuciones y responsabilidades estarán a cargo de la O fi cina Zonal de San Francisco (Sede Pichari); Que, mediante Informe Nº 000073-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos, remite la priorización de la Actividad “Mantenimiento periódico de caminos vecinales no pavimentados tramo: Ramal Erapata - San Francisco de Apaylla - Pacaybamba - Amaybamba - Huarangalqui, distrito de Inkawasi - La Convención – Cusco”, que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2020, DEVIDA suscribió un Convenio con la Municipalidad Distrital de Inkawasi, para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 441,381.00) , cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe Nº 000146-2020-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 17.2 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 000001916 y la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad,