Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Martes 3 de noviembre de 2020 El Peruano / Disponen implementar la oralidad civil bajo el modelo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Puno Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000298-2020-CE-PJ Lima, 20 de octubre del 2020VISTOS:El O fi cio Nº 000118-2020-P-ETIIOC-CE-PJ e Informe Nº 000052-2020-ST-ETIIOC-CE-PJ cursados por el doctor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial y del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 229-2019-CE-PJ, de fecha 29 de mayo de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, a fi n de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral a nivel nacional en materia civil. Segundo. Que por Resolución Administrativa Nº 351-2019-CE-PJ del 21 de agosto de 2019, se aprobó la “Matriz de Control de Componentes Mínimos” que será tomada en cuenta por las Cortes Superiores de Justicia que propongan incorporarse al modelo de reforma en el área civil, para implementar Módulos de Litigación Oral; la que deberá ser remitida conjuntamente con el informe sustentatorio de su propuesta de incorporación a la Comisión Nacional de Implementación Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. Tercero. Que, la Resolución Administrativa Nº 483-2019-CE-PJ, del 11 de diciembre de 2019, dispuso incorporar a la Corte Superior de Justicia de Puno en el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”; estableciendo que elaboren el proyecto y los instrumentos de gestión para la creación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral que funcionará en su jurisdicción. Cuarto. Que, asimismo, la Resolución Administrativa Nº 374-2019-CE-PJ de fecha 4 de setiembre de 2019, dispuso la creación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, el cual se encarga de velar por el correcto funcionamiento de cada componente antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que lo hayan desplegado. Quinto. Que, en el marco de la implementación de la Oralidad en los procesos civiles, mediante el O fi cio Nº 885-2020-P-CSJPU-PJ; e Informe Nº 127-2020-AEPPR-UPD-GAD-CSJPU, la referida Corte Superior remite la subsanación de las observaciones enviadas en su debido momento y la actualización del Plan de Implementación. Al respecto, el referido Equipo procedió con el análisis de la Matriz, del cual se desprende la conformidad del Plan de Implementación remitido por dicho Distrito Judicial. Sexto. Que, con la existencia del Equipo Técnico Distrital se tienen garantizadas las labores de supervisión, evaluación y monitoreo, directamente por la Corte Superior de Justicia de Puno, siguiendo las pautas que a nivel general señala el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Sétimo. Que, respecto a la identi fi cación de los órganos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Puno, existe el Acta de Participación Voluntaria en la cual los jueces pertenecientes a las siguientes Salas y Juzgados Civiles, expresan su voluntad de formar parte del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral: ÓRGANOS JURISDICCIONALESNOMBRES Y APELLIDOS CARGO Sala Civil de Puno Pán fi lo Monzón Mamani Juez Superior Titular Edwin Jorge Sarmiento MamaniJuez Superior Titular Benny Álvarez Quiñones Juez Superior Titular Sala Civil de Juliaca Milagros Núñez Villar Juez Superior Titular María Luisa Padilla Arpita Juez Superior Titular Juan Francisco Ticona Ura Juez Superior Titular 1º Juzgado Civil de PunoNéstor Hernán Velasco Peña Juez Especializado Provisional 2º Juzgado Civil de PunoMartha Irene Aguilar Castillo Juez Especializado Provisional 3º Juzgado Civil de PunoGuido Armando Chevarría TisnadoJuez Especializado Titular 1º Juzgado Civil de JuliacaElsa Herminia Mantilla CahuanaJuez Especializado Provisional 2º Juzgado Civil de JuliacaAndrés Carita Quispe Juez Especializado Titular 3º Juzgado de Paz Letrado de PunoAna María Condemayta CutimboJuez Supernumerario 3º Juzgado de Paz Letrado de JuliacaEdith Mamani Ito Juez Supernumerario Cuadro Nº 01: Identi fi cación de OOJJ del Plan de Implementación presentado por la CSJ de Puno Octavo. Que, de acuerdo a los cuadros de carga procesal presentados y sustentados mediante reportes emitidos por las herramientas informáticas respectivas, se advierte la viabilidad de la propuesta presentada, y con respecto al informe remitido por la Corte Superior de Justicia de Puno, cumple con los requisitos para implementar la oralidad civil bajo el modelo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Noveno. Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial y del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000052-2020-ST-ETIIOC-CE-PJ, elaborado por la Secretaría Técnica del citado equipo, el cual concluye que según el análisis realizado al Plan de Implementación presentado por la Corte Superior de Justicia de Puno, a través de la Matriz de Control de Componentes Mínimos, resulta viable la implementación de la Oralidad Civil en la referida Corte Superior, bajo el modelo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, toda vez que se ha cumplido con superar los fi ltros establecidos. Décimo. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 049-2020-CE-PJ de fecha 29 de enero de 2020, se aprobó el “Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”; así como el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”. Asimismo, a través de la Resolución Administrativa Nº 015-2020-P-CE-PJ de fecha 4 de febrero de 2020, se aprobaron los siguientes instrumentos normativos: a) Reglamento de Actuación para los Módulos Civiles Corporativos de Litigación Oral, b) Procedimiento de Actuación del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, c) Procedimiento de Actuación de los Juzgados Especializados del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; y d) Procedimiento de Actuación de la Sala Superior del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; ambas resoluciones administrativas dispusieron su aplicación en todas las Cortes Superiores de Justicia del país, tanto en aquellas que se encuentran implementadas bajo el modelo de litigación oral, como en las Cortes que por