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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (07/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modi fi cación de los instrumentos de plani fi cación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento; Que, el artículo 58º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), de fi ne al Planeamiento Integral (PI) como “un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zoni fi cación”; Que, el numeral 61.3 del artículo 61º del RATDUS establece que “la propuesta fi nal del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades”; Que el numeral 55.5 del Artículo 55º del presente Reglamento establece que el plazo para la consulta del Planeamiento Integral es de cuarenta y cinco (45) días calendario, de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. La Municipalidad Provincial exhibe la propuesta del PI en su local y en su página web, así como en los locales de las Municipalidades Distritales de su jurisdicción, durante treinta (30) días calendarios. 2. La Municipalidad Provincial dentro del citado plazo de treinta (30) días calendario, realiza exposiciones técnicas del contenido del PI, convocando a las Municipalidades Distritales involucradas y a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el PI; los que formulan sus observaciones, sugerencias y/o recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral 3. El equipo técnico responsable de la elaboración del PI, en el término de quince (15) días calendario posteriores al plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral, evalúa, incluye o desestima, de ser el caso, las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones formuladas. 4. La propuesta fi nal del PI y el Informe Técnico Legal es propuesto por la Gerencia Municipal Competente al Concejo Municipal Provincial correspondiente, para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. Que, el Artículo 62º del RATDUS, Vigencia del Planeamiento Integral (PI), establece que su horizonte de planeamiento es de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza; Que, mediante Informe Nº 584-2018-KVFP-SGOP- GODUR-MPC de fecha 26 de octubre de 2018, la Subgerencia de Obras Privadas, concluye que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS) para la Modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través del procedimiento Planeamiento Integral, por lo que solicita: 1. Que se autorice el inicio de difusión de la propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete. 2. Que se comunique a la Municipalidad Distrital de Chilca, el inicio del procedimiento de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita una copia del Expediente Administrativo a través del Planeamiento Integral propuesto que dirigen la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas en el Plan Urbano del distrito, con la fi nalidad de que se inicie el procedimiento administrativo solicitado. 3. Que se solicite a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la propuesta de aprobación de Planeamiento Integral solicitado por el administrado en el distrito de Chilca, en los paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete. 4. Que se solicite a la O fi cina de Relaciones Públicas de la Municipalidad Provincial de Cañete la publicación de la propuesta de aprobación del Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Cañete. 5. Coordinar con el administrado sobre la Audiencia Pública a realizar la Exposición del Planeamiento Integral solicitado por el administrado. Que, mediante Informe Nº 112-2018-JEBQ-SOPCPU- GDyPU-MDCH, de fecha 02 de abril de 2018, remitido por la Subgerencia de obras privadas, Catastro y Planeamiento Urbano de la Municipalidad Distrital de Chilca, señala en sus conclusiones que da opinión favorable al Planeamiento Integral propuesto por Francesca maría Isabel Corbetto Tizón y Rafael Gastón Tadeo Milagros Santos Normand, del predio inscrito en la partida Nº 21197484, que cuenta con un área de 401.37 Has, ubicados a la altura del Km. 58 de la Autopista Panamericana Sur, distrito de Chilca, provincia de Cañete, Departamento de Lima; asimismo a través del O fi cio Nº 006-2018-GDyPU-MDCH, de fecha 06 de abril de 2018, remitido por la Gerencia de Desarrollo y Planeamiento Urbano de la Municipalidad Distrital de Chilca comunica sobre la opinión técnica sobre propuesta de Planeamiento Integral Urbano del Distrito de Chilca, estableciendo que el Distrito de Chilca no cuenta con un Plan de Desarrollo Urbano por lo cual según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA es competencia de la Municipalidad Provincial de Cañete, la aprobación del procedimiento solicitado; Que, mediante Informe Nº 159-DYCH-SGOP-2019, de fecha 15 de marzo de 2019, remitido por la Sub Gerencia de Obras Privada de la Municipalidad Provincial de Cañete, eleva el documento a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, con la fi nalidad de concluir el trámite administrativo, luego elevar a la Comisión de Obras, por motivo de haberse concluido el procedimiento administrativo regularmente del predio inscrito en la Partida Nº P21197484 – Chilca; Que, mediante Informe Legal Nº 055-2018-VALA- GODUR-MPC de fecha 28 de marzo de 2019, la Asesoría Legal de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye, que resulta factible se eleve al pleno del Concejo Municipal la propuesta de Planeamiento Integral, para su deliberación, determinar su aprobación, en el aco de las facultades del bien mueble inscrito en Partida electrónica Nº P2114784, ubicad a la altura del Km 58 de la autopista Panamericana Sur del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 401.37 Has; formulado por la sociedad conyugal Francesca María Isabel Corbetto Tizon, identi fi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 21866256 y Rafael Gastón Tadeo Milagos Santos Normand con documento de Identidad Nª 08274605,siendo la zoni fi cación propuesta por los administrados como Industria Pesada (I-4) INDUSTRIAL, previo informe Leal correspondiente; Que, con Informe Nº 429-2019-MFPR-GODUR- MPC de fecha 23 de abril del 2019 la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, previa evaluación de los requisitos y procedimientos indicados en el Reglamento de Acondicionamiento territorial y desarrollo Urban Sostenible D.S.22-2016-VIVIENDA, factible elevar al Pleno del Concejo la propuesta de Planeamiento Integral (Anexión al área urbana y Asignación de Zoni fi cación) del bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica Nº P21197484, del predio rustico ubicado a la altura del Km 58 de la Autopista Panamericana Sur, del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima, para su deliberación y determinar su aprobación; Q ue, mediante Informe Legal Nº 277-2019-GAJ-MPC, de fecha 10 de junio de 2019, remitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Municipalidad Provincial de