TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2020 / El Peruano b) Sub Director de Recursos Humanos. c) Director de la O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información. d) 2 representantes de los trabajadores elegidos democráticamente. Artículo Tercero.- ESTABLECER, obligatoriamente el cumplimiento para todas las entidades públicas y privadas en la jurisdicción de la Región Junín, de acuerdo a sus competencias y en lo que fuera aplicable. Artículo Cuarto.- COMUNICAR, a todas las instituciones públicas de la jurisdicción territorial de la Región Junín, que quedan obligadas a desarrollar sus propios planes de integridad institucional y lucha contra la corrupción, sin perjuicio de adoptar, del presente Plan, las acciones que les fuera directamente de sus competencia, con la fi nalidad de incluirlas en sus planes operativos institucionales, presupuestarlas y ejecutarlas oportunamente. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información la atribución de monitorear y supervisar el estricto desarrollo y cumplimiento del presente Plan de Sistema de Gestión Antisoborno ISO 37001:2016, en todas las entidades públicas en la jurisdicción de la Región Junín, así como para las entidades privadas de la misma jurisdicción territorial, de acuerdo a sus competencias y en lo que les fuere aplicable. Artículo Sexto.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional Junín la reglamentación de la presenta Ordenanza Regional. Artículo Septimo.- ENCARGAR, a la Secretaría Ejecutiva de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 3 días del mes de Marzo del 2020. ABIMAEL P. ROJAS TICSE Consejero Delegado POR LO TANTO:Mando, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 09 días del mes de Marzo de 2020. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 1900405-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan responsables de entregar información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Instituto Metropolitano de Planificación INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 035-2020-MML-IMP-DE Lima, 5 de agosto de 2020CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, señala como fi nalidad de la citada Ley promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3 y 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como al funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet; Que, los literales b) y c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establecen que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; y, al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 4º del Reglamento a que se re fi ere el considerando precedente, establece que la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; señalando que la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2010-PCM, se aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, el cual constituye una herramienta informática que contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la entidad considere pertinente publicar; Que, la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP, aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM, establece los “Lineamientos para la Implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”, la cual contiene formatos estándares con información obligatoria a difundir por la Entidad, complementarios a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, siendo que la responsabilidad de la aplicación de la referida directiva recae en el encargado de implementar el portal de internet de la Entidad; Que, a través de la Resolución Nº 0006-2020-MML- IMP-DE se designó al señor Daniel Augusto Romero Delgado, Director General (e) de la O fi cina General de Información Técnica, como titular responsable de brindar información pública del Instituto Metropolitano de Plani fi cación; Que, no obstante, se considera pertinente designar al citado Director como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Instituto Metropolitano de Plani fi cación y a la Directora General de la O fi cina General de Administración como funcionaria responsable de atender los pedidos de acceso a la información pública que se realicen en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con el objeto de agilizar el trámite de ingreso de las solicitudes de información y su conocimiento por parte del responsable de brindarla, coadyuvando con la atención oportuna de las solicitudes de información; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Legal; y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprobó su Reglamento, y de acuerdo a las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Metropolitano de Plani fi cación;