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58 NORMAS LEGALES Sábado 7 de noviembre de 2020 / El Peruano Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exteriores y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 2616-2020 Lima, 23 de octubre de 2020EL SECRETARIO GENERAL (a.i.)VISTA:La solicitud presentada por la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución S.B.S. N° 669-2020 de fecha 11 de febrero de 2020, se autorizó la inscripción de la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón como Corredor de Seguros de Personas; Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaria Técnica mediante informe N° 146- 2020-DRG del 21 de octubre de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón, postulante a Corredor de Seguros de Generales, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 2447-2020 de fecha 08 de octubre de 2020. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón, con matrícula número N-4855, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL RODDY PASTOR MEJIA Secretario General (a.i.) 1900648-1Designan representantes del Superintendente en Financiera TFC S.A. (actualmente, en Régimen de Intervención) RESOLUCIÓN SBS Nº 2737-2020 Lima, 5 de noviembre de 2020LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS N° 5826-2019 de fecha 11.12.2019, noti fi cada y publicitada el 12.12.2019, esta Superintendencia dispuso el sometimiento de Financiera TFC S.A. (en adelante, la Financiera) a Régimen de Intervención, por encontrarse incursa en las causales previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 104 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), designando a los señores Carlos Armando Quiroz Montalvo y María de los Ángeles Martín Cueva, funcionarios de esta Superintendencia, para que en representación del Superintendente realicen todos los actos necesarios para llevar adelante la intervención; Que, mediante Resolución SBS N° 5855-2019 de fecha 11.12.2019, noti fi cada y publicitada el 12.12.2019, esta Superintendencia declaró la disolución e inicio del correspondiente proceso de liquidación de Financiera TFC en Intervención, designando a los señores María de los Ángeles Martin Cueva y Carlos Armando Quiroz Montalvo, o en caso de ausencia de alguno de ellos, a la señora Milagros Alida Saldarriaga Espinoza, como representantes del Superintendente para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el referido proceso de liquidación; Que, mediante Resoluciones SBS N° 737-2020 de fecha 14.02.2020, N° 1145-2020 de fecha 11.03.2020, N° 1525-2020 de fecha 04.06.2020 se otorgó diversas facultades a los señores María de los Ángeles Martin Cueva y Carlos Armando Quiroz Montalvo, o en caso de ausencia de alguno de ellos, a la señora Milagros Alida Saldarriaga Espinoza, para realizar diversos actos referidos al proceso de liquidación; Que, mediante O fi cio N° 190-2020-55-JC-CH/ CSJLS/PJ de fecha 30.07.2020, emitido por el Juzgado Civil Transitorio de Chorrillos, se puso en conocimiento de esta Superintendencia la Resolución Número Uno de fecha 27.07.2020, correspondiente al Expediente N° 00190-2020-55-3005-JR-CI-01, sobre demanda de acción de amparo interpuesta por Inversiones Nueva Alianza S.A.C. en contra de los señores Carlos Armando Quiroz Montalvo y María de los Ángeles Martin Cueva y la Superintendencia, a fi n de que se dé cumplimiento al mandato cautelar en ella contenido; Que, por la referida Resolución Número Uno, el precitado juzgado concedió una medida cautelar innovativa que dispone, entre otros, la suspensión del proceso liquidatorio de la Financiera, manteniendo a la misma bajo Régimen de Intervención, por cuanto no se suspendió la vigencia del Artículo Primero de la Resolución SBS N° 5826-2019, que declaró el sometimiento de Financiera TFC S.A. a Régimen de Intervención; Que, asimismo, la medida cautelar reconoció expresamente la condición de representantes del Superintendente a los funcionarios designados por la Resolución SBS N° 5826-2019, quienes por mandato judicial, tienen la facultad para determinar el patrimonio real de Financiera TFC en Intervención; Que, mediante Resolución SBS N° 1984-2020 de fecha 11.08.2020, la Superintendencia en acatamiento de lo dispuesto por el Juzgado Civil Transitorio de Chorrillos, resolvió suspender temporalmente el proceso liquidatorio de la Financiera y declarar que se mantiene a la empresa bajo Régimen de Intervención, por las causales previstas