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33 NORMAS LEGALES Jueves 19 de noviembre de 2020 El Peruano / fi scal el informe de indicios de delito aduanero, conforme al artículo 14 del Reglamento de la LDA. d) En el caso del literal f), los bienes adjudicados a la Presidencia del Consejo de Ministros se deben entregar al representante de esta entidad. La disposición de los bienes en situación de comiso administrativo, que constituyan objeto material de la infracción administrativa vinculada al delito aduanero, se realiza conforme a la LGA, de acuerdo con el artículo 21 del Reglamento de la LDA. Como resultado de la veri fi cación efectuada, el personal designado por la UOR genera la información de los bienes disponibles necesaria para la actividad 5.3 del presente procedimiento. 5.2 Evaluar los requisitos de admisibilidad de la solicitud: Cuando las entidades públicas, así como las instituciones, presenten la solicitud de adjudicación, donación o destino de bienes, el personal designado de la UOR debe comprobar que la solicitud contenga la información señalada en el Anexo N° 1. Formato de Solicitud de adjudicación, donación y destino de bienes, el cual se encuentra disponible en el portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) o puede recabarse en cualquiera de las dependencias de la SUNAT. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y se presenta en la mesa de partes de las diferentes sedes administrativas de la SUNAT o a través de la mesa de partes virtual de la SUNAT, asignándose un número de expediente que la identi fi ca, iniciándose la modalidad de disposición de parte. Para el caso de la modalidad de disposición de o fi cio no se requiere solicitud. En la revisión de la admisibilidad de la solicitud de adjudicación, donación o destino, el personal designado de la UOR debe revisar su suscripción de acuerdo con el siguiente detalle: 5.2.1 Solicitudes presentadas por las entidades del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, organismos públicos descentralizados y organismos constitucionalmente autónomos: Deben estar suscritas por la máxima autoridad de la entidad pública o por el Jefe de la O fi cina General de Administración o quien haga sus veces; por la máxima autoridad de los organismos públicos descentralizados o por el Director Regional que representa a la entidad pública, según corresponda. 5.2.2 Solicitudes presentadas por las instituciones educativas estatales: Deben estar suscritas por el director de la institución educativa y contar con el visto bueno del Jefe de la Dirección Regional de Educación o del Jefe de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL, o por el rector de la universidad, cuando se trate de universidades públicas. 5.2.3 Solicitudes presentadas por las dependencias de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú: Las solicitudes deben estar suscritas por el jefe de la dependencia militar o policial y por la máxima autoridad militar o policial ubicada en la circunscripción territorial de la dependencia solicitante. 5.2.4 Solicitudes presentadas por los gobiernos regionales: Las solicitudes deben estar suscritas por el gobernador regional o por el jefe de la Ofi cina General de Administración o quien haga sus veces, según corresponda.5.2.5 Solicitudes presentadas por los gobiernos locales: Las solicitudes deben estar suscritas por el alcalde provincial, el alcalde distrital o el alcalde del centro poblado . 5.2.6 Solicitudes presentadas por las instituciones asistenciales, educacionales o religiosas, sin fi nes de lucro, o fi cialmente reconocidas: Las solicitudes deben estar suscritas por el párroco y la máxima autoridad eclesiástica de la circunscripción, o por el representante o máxima autoridad de la institución asistencial, educacional o religiosa. El personal designado de la UOR debe veri fi car la veracidad de la información contenida en el Anexo Nº 1. Formato de Solicitud de adjudicación, donación y destino de bienes a través de los medios electrónicos a su alcance en aplicación de la interoperabilidad institucional, o de los documentos que haya proporcionado el solicitante. Asimismo, se debe veri fi car que el RUC tenga la condición de domicilio fi scal habido y no se encuentre en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción. De cumplir con los requisitos de admisibilidad, el personal designado de la UOR procede con la veri fi cación de existencia de bienes disponibles y de los criterios de evaluación. De no cumplir con los requisitos de admisibilidad, la UOR gestiona la noti fi cación física o electrónica a la entidad pública o a la institución, denegando su solicitud. 5.3 Verifi car la disponibilidad y existencia de bienes en el SIA: El personal designado de la UOR consulta inicialmente la relación de bienes disponibles y existentes, susceptibles de adjudicación, donación o destino que muestra el SIA. De existir bienes disponibles, el personal designado de la UOR debe efectuar la evaluación correspondiente, considerando los siguientes criterios de evaluación, en forma sucesiva, dejando cuenta de ello en el Anexo Nº 2. Hoja de Cali fi cación. Correspondencia: En razón de este criterio se verifi ca la relación entre la utilidad o la necesidad de los bienes solicitados y los fi nes de la entidad pública o institución solicitante, así como el mejoramiento de su equipamiento o infraestructura. Adicionalmente se tiene en cuenta la razonabilidad entre la cantidad propuesta para su disposición, la cantidad solicitada y la cantidad de bene fi ciarios. Trascendencia: Este criterio pondera las necesidades provenientes de las poblaciones que se encuentran ubicadas en zonas declaradas en estado de emergencia, urgencia o de necesidad nacional, en zonas cali fi cadas como de extrema pobreza y pobreza según los registros del Instituto Nacional de Estadística e Informática — INEI, así como las necesidades de la entidad pública o de la institución consignada en la solicitud, según orden de prelación. Efi ciencia: Mediante este criterio se valora que la relación costo/bene fi cio es favorable para la entidad pública o la institución solicitante, considerando para ello la cantidad y la naturaleza de los bienes disponibles por atender y los gastos que pudiera incurrir en el traslado de su personal y logística para la recepción de los bienes a entregar. De no cumplirse con alguno de los criterios de evaluación, el personal designado de la UOR noti fi ca al solicitante, de forma física o electrónica, la razón por la cual su solicitud no puede ser atendida. Para realizar dicha validación debe consignarse en el Anexo Nº 2. Hoja de Cali fi cación la participación de por lo menos dos colaboradores designados de la UOR, en lo que corresponda.