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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (24/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2020 / El Peruano 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados elaboran las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veinte. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1905745-2 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 DECRETO SUPREMO Nº 352-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 590 612 327,00 (MIL QUINIENTOS NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otros, lo dispuesto en el literal j) de dicho numeral, referido al pago de los derechos y bene fi cios de los docentes nombrados y contratados, así como asistentes y auxiliares contratados de la Ley N° 30512, Ley de institutos y escuelas de educación superior y de la carrera pública de sus docentes; asimismo, los numerales 34.2 y 34.4 del citado artículo, establecen que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2020; para lo cual, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, mediante el O fi cio N° 142-2020-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 971 980,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios y subsidio por luto y sepelio de los docentes de la Carrera Pública Docente de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en el marco de lo dispuesto en el literal j) del numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; adjuntando para ello, el Informe N° 01298-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 1231- 2020-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1187-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que el costo de la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, para fi nanciar el pago de los bene fi cios de asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios y subsidio por luto y sepelio de los docentes de la Carrera Pública Docente de la Ley Nº 30512, correspondiente a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación de los Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 1 971 980,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), para un total de 287 bene fi ciarios, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 971 980,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Educación a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 1 971 980,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor de dieciocho (18) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios y subsidio por luto y sepelio de los docentes de la Carrera Pública Docente de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en el marco del literal j) del numeral 34.1 del artículo 34 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 207 528,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y TécnicaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales2.2 Pensiones y Otras Prestaciones 1 308 452,00Sociales 456 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 1 971 980,00 ============