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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (24/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –PROVIAS NACIONAL, que consta de tres (3) títulos, cuarenta y seis (46) artículos y un (1) anexo; documento que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Dentro del plazo máximo de diez (10) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dicta las medidas complementarias necesarias para la adecuada implementación de lo dispuesto en el Manual de Operaciones aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de la normativa vigente. Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 841- 2018-MTC/01.02. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual de Operaciones aprobado en el artículo 1, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL (www.pvn.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1905630-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 284-2020-VIVIENDA Lima, 23 de noviembre 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Tamara Cusi Alva Olórtegui, en el cargo de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNANDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda Construcción y Saneamiento 1905677-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de agosto de 2020 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 060-2020-OS/GRT Lima, 20 de noviembre de 2020 CONSIDERANDO:Que, con la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 026-2017- OS/GRT, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables, a cada distribuidora eléctrica, a partir del 16 de mayo de 2017 hasta el 15 de mayo de 2019; y mediante la Resolución Osinergmin N° 012-2019-OS/GRT se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2019 hasta el 15 de mayo de 2021 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa,