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41 NORMAS LEGALES Jueves 1 de octubre de 2020 El Peruano / refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1889378-8 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 093-2020-RE Lima, 30 de setiembre de 2020CONSIDERANDO: Que el “Arreglo de Niza Relativo a la Clasi fi cación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas” fue adoptado en Niza el 15 de junio de 1957. Que el referido Arreglo tiene como objeto la constitución de una unión especial conformada por los Estados a los que se aplica el mismo, los cuales, adoptarán una clasi fi cación común de productos y servicios para el registro de las marcas; Que la aprobación del citado Arreglo es conveniente a los intereses del Perú; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º inciso 4 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al “Arreglo de Niza Relativo a la Clasi fi cación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas” adoptado en Niza el 15 de junio de 1957. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1889378-9 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación Internacional de los elementos figurativos de las marcas” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2020-RE Lima, 30 de setiembre de 2020CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasificación Internacional de los elementos figurativos de las marcas” fue adoptado en Viena el 12 de junio de 1973. Que, el referido Acuerdo tiene como objeto la constitución de una unión especial conformada por los Estados a los que se aplica el mismo, los cuales, a su vez, adoptan una clasi fi cación común para los elementos fi gurativos de las marcas; Que, la aprobación del citado Acuerdo es conveniente a los intereses del Perú; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º inciso 4 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo de Viena por el que se establece una Clasi fi cación Internacional de los elementos fi gurativos de las marcas”, adoptado en Viena el 12 de junio de 1973. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1889378-10 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre Derecho de Paso para la Navegación en el Lago Titicaca” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2020-RE Lima, 30 de setiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre Derecho de Paso para la Navegación en el Lago Titicaca” fue suscrito el 25 de junio de 2019, en la ciudad de Ilo, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre Derecho de Paso para la Navegación en el Lago Titicaca”, suscrito el 25 de junio de 2019, en la ciudad de Ilo, República del Perú.