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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (10/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 10 de octubre de 2020 / El Peruano Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la empresa denominada Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima–SEDACHIMBOTE S.A., para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO CESAR KOSAKA HARIMA Viceministro de Construcción y Saneamiento 1892316-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban el “Formato de ficha para el registro de información sobre peligro inminente” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 255-2020-INDECI Lima, 8 de octubre de 2020VISTOS: El Memorándum Nº 208-2020-INDECI/1.1 del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN); el Informe Técnico Nº 037-2020-INDECI/12.1 y Memorándum Nº 365-2020-INDECI/12.0, de la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación; y, el Informe Legal Nº 567-2020-INDECI/5.0, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, en el marco de la Ley Nº 29664 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, mediante Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, se aprueba la norma complementaria para la declaratoria de estado de emergencia y su prórroga, ante la situación de peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, ocasionado por fenómenos de origen natural o inducido por la acción humana, que establece los requisitos criterios y procedimientos para la solicitud y aprobación de dichas declaratorias de estado de emergencia, que formulen las entidades públicas solicitantes; así como, para las acciones de seguimiento y coordinación del cumplimiento de las acciones y responsabilidades que de ello deriven, a ser ejecutadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, el numeral 3.13 del artículo 3 de la mencionada norma complementaria sobre declaratoria de estado de emergencia, aprobado por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, de fi ne al “Peligro inminente” como: “Probabilidad que un fenómeno físico, potencialmente dañino de origen natural o inducido por la acción humana, ocurra en un lugar especí fi co, en un periodo inmediato y sustentado por una predicción o evidencia técnico cientí fi ca que determinen las acciones inmediatas y necesarias para reducir sus efectos”; Que, de otro lado, el numeral 50.1 del artículo 50 y numeral 53.3 del artículo 53, del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, respectivamente, establece que los Centros de Operaciones de Emergencia (COE), son órganos que funcionan de manera continua en el monitoreo de peligros, emergencias y desastres, así como, en la administración e intercambio de la información, para la oportuna toma de decisiones de las autoridades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales; y, para el cumplimiento de sus actividades cuentan con el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, por Resolución Ministerial Nº 327-2019-PCM, se aprueba los “Lineamientos para el registro y uso de la información en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”, documento orientador para el registro y procesamiento de información sobre peligros inminentes, emergencias o desastres en base a la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades – EDAN Perú, así como, para el uso de dicha información en la toma de decisiones oportunas para la atención del peligro inminente la emergencia o el desastre, registrada en el módulo Centro de Operaciones de Emergencia (COE) del SINPAD; Que, el artículo 2 de la mencionada Resolución Ministerial, dispone al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobar mediante Resolución Jefatural, el formato de fi cha para el registro de información sobre peligro inminente, a ser completada por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, según corresponda; Que, en dicho contexto, mediante Informe Técnico Nº 037-2020-INDECI/12.1 de fecha 21 de setiembre de 2020, de la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación, sobre la base de la propuesta señalada en el Memorándum Nº 208-2020-INDECI/1.1 del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), se sustenta la formulación del proyecto de documento denominado “Formato de fi cha para el registro de información sobre peligro inminente”; Que, el indicado “Formato de fi cha para el registro de información sobre peligro inminente”, tiene por fi nalidad facilitar a los Gobiernos Regionales y Locales, el registro, en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), de la identi fi cación, clasi fi cación, ubicación, coordenadas, accesibilidad, tipo de informe de estimación de riesgo, entidad responsable, identi fi cación del equipo técnico multidisciplinario que realiza la estimación del riesgo, las características y análisis del riesgo, cuanti fi cación de los probables daños y pérdidas; así como, entre otras acciones, que vienen realizando, sobre los peligros inminentes que se suscitan en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales, el cual permitirá al INDECI, ejecutar las acciones de seguimiento y coordinación de la atención del peligro inminente; Que, en ese sentido, siendo que el documento propuesto es complementario a los “Lineamientos para el registro y uso de la información en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”; aprobado por Resolución Ministerial Nº 327- 2019-PCM, se hace necesario, emitir el acto resolutivo que aprueba el “Formato de fi cha para el registro de información sobre peligro inminente”; Con las visaciones del Secretario General, del Director de la Dirección de Políticas, Planes y Evaluación, del Coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN); y, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres