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28 NORMAS LEGALES Lunes 12 de abril de 2021 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza municipal que aprueba el Programa Techo Verde Urbano en Bellavista ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014 -2020-MDB Bellavista, 12 de diciembre del 2020 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de octubre del 2020; con el voto unánime de los señores Regidores y con la Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, y ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Capítulo II de las competencias y funciones especí fi cas de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone en el artículo 80°, inciso 3.- Funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, acápite 3.4 Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de protección del ambiente, por lo que en su artículo 8° dispone que la Política Nacional del Ambiente, como parte del proceso estratégico del país, constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito de fi nir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental; Que, la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, tiene por objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático, a fi n de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL • MARISELA FARROMEQUE 998 732 784 mfarromeque@editoraperu.com.pe• MÓNICA SANCHEZ 915 248 092 msanchez@editoraperu.com.pe