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34 NORMAS LEGALES Viernes 16 de abril de 2021 / El Peruano Que, por Memorándum N° 0492-2021-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 053-2021-MTC/09.01, elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica, mediante el cual emite opinión favorable respecto de la aprobación de la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de sus competencias y funciones, recomendando continuar el respectivo trámite de aprobación; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; y los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado en el artículo anterior, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales y de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con sus competencias y funciones. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales el registro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2021 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación, conforme a lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la referida Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1943588-1 Ratifican el “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2021-MTC/01 Lima, 13 de abril de 2021VISTO: El Informe N° 043-2021-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante la Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada; Que, el literal n) del artículo 9 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente, entre otras materias, para ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial; Que, según el artículo 82 de la Ley, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser rati fi cadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, entre otros aspectos, faculta al Director General de Aeronáutica Civil a negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser rati fi cadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil informa que en el marco de sus competencias ha suscrito el 14 de diciembre de 2020 el documento denominado “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga”, el cual solicita sea rati fi cado mediante Resolución Ministerial, en el marco de las normas antes señaladas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único. - Rati fi car el “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga”, suscrito el 14 de diciembre de 2020 por el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1943848-1 Otorgan a la empresa SERVICIOS AUDIOVISUALES SICUANI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2021-MTC/01.03 Lima, 14 de abril de 2021