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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (16/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 16 de abril de 2021 / El Peruano para dichas universidades, la continuidad de sus procedimientos en trámite. Artículo 2.- Incorpórense los Grupos 7, 8, 9 y 10 al Anexo N° 2: Cronograma del proceso de Licenciamiento de Programas de Pregrado de Medicina (PPM) del “Modelo de Licenciamiento del Programa de Pregrado de Medicina”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 097-2019-SUNEDU/CD, en los siguientes términos: Grupo 7 Fecha: Del 1 de octubre de 2021 al 1 de noviembre de 2021 N° Nombre de la universidad GestiónN° de programas 27Universidad Nacional de San Mar- tínPública 1 28 Universidad César Vallejo Privada 2 29Universidad Privada Norbert Wie- nerPrivada 1 Grupo 8 Fecha: Del 1 de febrero de 2022 al 1 de marzo de 2022 N° Nombre de la universidad GestiónN° de programas 30 Universidad Nacional de Tumbes Pública 1 31Universidad Privada San Juan BautistaPrivada 3 Grupo 9 Fecha: Del 1 de junio de 2022 al 1 de julio de 2022 N° Nombre de la universidad GestiónN° de programas 32Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco Pública 1 33 Universidad Nacional de Piura Pública 1 34Universidad Nacional Daniel Alcides CarriónPública 1 35 Universidad Señor de Sipán Privada 1 Grupo 10 Fecha: Del 3 de octubre al 3 de noviembre de 2022 N° Nombre de la universidad GestiónN° de programas 36Universidad Nacional Hermilio Valdizán Pública 1 37 Universidad Peruana Los Andes Privada 1 38Universidad Nacional José Faustino Sánchez CarriónPública 1 39Universidad Nacional Federico VillarrealPública 1 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Encárguese a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día que su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU 1 Modi fi cado por la Resolución de Consejo Directivo N° 041-2020-SUNEDU/ CD, de 4 de mayo de 2020 y publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 5 de mayo de 2020. 1944389-1PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y dictan diversas disposiciones Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000108-2021-P-CSNJPE-PJ Lima, 14 de abril de 2021ANTECEDENTES I. Las Resoluciones Administrativas N.º 010-2009-CE- PJ –de fecha 12 de enero de 2009-; 043-2011-CE-PJ –de fecha 26 de enero de 2011-; 285-2011-CE-PJ –de fecha 15 de noviembre de 2011-; 218-2012-CE-PJ; 248-2012-CE-PJ –de fecha 12 de diciembre de 2012- y 001-2013-CE-PJ -de fecha 9 de enero de 2013- por las cuales se constituyó y reconformó el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. II. Resolución Administrativa N.º 061-2013-CE- PJ –del 3 de abril de 2013- por el cual se aprueba la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal”, así como la Resolución Administrativa N.º 148-2015-CE-PJ –del 29 de abril de 2015- por el cual se aprueba de forma de fi nitiva la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal”; la misma que tiene por objeto la organización y funcionamiento del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, su Consejo Consultivo, Secretaría Técnica y de los Equipos Técnicos Distritales de las Cortes Superiores de Justicia. III. Resolución Administrativa N.º 296-2016-CE-PJ –de fecha 16 de noviembre de 2016- por la cual se aprueba la Directiva N.º 011-2016-CE-PJ “Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal (ETI Distrital – CPP)” en la que se indica en el punto VII, b) cómo debe estar conformado el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, esto es: “Representado por el presidente de la Corte Superior Un juez superior que aplica el Código Procesal PenalUn juez especializado que aplica el Código Procesal Penal Un juez de Paz Letrado que aplica el Código Procesal Penal en los procesos de falta y Un secretario técnico, cargo que vendrá a desempeñar el administrador del Módulo Penal” IV. La Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ de fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, por la cual se resuelve constituir la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, la cual tiene competencia nacional; actualmente denominada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada de acuerdo con la Resolución Administrativa N.º 476-2019-CE-PJ -de fecha 4 de diciembre de 2019-. FUNDAMENTOS1. La Corte Superior Nacional debe adecuarse a la normativa institucional que versa sobre la