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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (16/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 16 de abril de 2021 El Peruano / implementación del Código Procesal Penal, máxime si esta Corte Superior conoce los casos más complejos y emblemáticos del país vinculados a su comisión mediante una organización criminal y en el que se aplica el Código Procesal Penal, desde la ex Sala Penal Nacional y el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en la cual dada la competencia y estructura de esta Corte Superior, solo ejercen funciones jueces especializados y superiores. 2. En ese contexto, atendiendo la naturaleza de esta Corte, la forma la conformación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal en esta Corte será la siguiente: “Presidente de la Corte Superior; un/a juez/a superior que aplica el Código Procesal Penal; dos jueces/zas especializados/as que aplica el Código Procesal Penal y un/a secretario/a técnico/a que desempeñará el administrador/a del Módulo Penal”. 3. La presidencia de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ y con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas. SE RESUELVE: Primero. CONFORMAR el Equipo Técnico Distrital de Implementación de Código Procesal Penal de esta Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, integrada por los siguientes: Octavio César Sahuanay Calsín Presidente – CSNJPEPresidente Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde Juez superior titularIntegrante Víctor Zúñiga Urday Juez especializado titular Integrante María Eugenia Guillén Ledesma Jueza especializada titularIntegrante Alejandrina Lucy Luglio MallimaSecretaria técnica Segundo. DISPONER que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de Código Procesal Penal de esta Corte coordine con la Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal para implementar las políticas correspondientes en esta Corte Superior Nacional. Tercero. PRECISAR que la labor a desempeñar en la presente Comisión es en adición a las funciones jurisdiccionales y administrativas de cada uno de los miembros integrantes. Cuarto. El Equipo Técnico Distrital de Implementación de Código Procesal Penal de esta Corte deberá presentar en un plazo no mayor de diez días hábiles el PLAN DE TRABAJO para su aprobación y posterior ejecución a esta presidencia. Quinto. La Oficina de Administración de esta Corte brindará el apoyo y las facilidades que correspondan para el cumplimiento de la labor encomendada. Sexto. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Gerencia General, Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Administración y Finanzas, Unidad de Equipo de Implementación del Código Procesal Penal, magistrados coordinadores de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, magistrado responsable de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, administradoras de los sistemas especializados, responsable administrativo de los órganos jurisdiccionales CPP 1940, jueces, juezas, integrantes de la citada Comisión, personal jurisdiccional y administrativo de esta Corte Superior de Justicia y O fi cina de Administración, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal EspecializadaCorte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1944074-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de San Carlos, provincia de Bongará, departamento de Amazonas RESOLUCIÓN Nº 0333-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020028585 SAN CARLOS - BONGARÁ - AMAZONASCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, ocho de marzo de dos mil veintiuno VISTOS: los o fi cios Nº 146-2020-MDSC/B-A, N° 150-2020-MDSC/B-A y N° 007-2021-MDSC/B-A presentados, respectivamente el 15 y 21 de diciembre de 2020 y el 15 de enero de 2021, por la Municipalidad Distrital de San Carlos, provincia de Bongará, departamento de Amazonas, mediante los cuales se solicita la convocatoria de candidatos no proclamados, debido a que se declaró la vacancia de los regidores don Elmer Celestino Goñas Galoc y don Álex Conche Torres (en adelante, los señores regidores), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres sesiones de concejo municipal ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. A través de los o fi cios Nº 146-2020-MDSC/B-A, N° 150-2020-MDSC/B-A y N° 007-2021-MDSC/B-A, se adjuntaron, entre otros, copias fedateadas de los siguientes documentos: a) Carta N° 001-2020-ACT/CIUDADANO, del 9 de diciembre de 2020, mediante la cual el regidor don Álex Conche Torres a fi rma que, desde el 1 de enero de 2020, no asistió a ningún acto o evento administrativo, político o de cualquier otra índole concerniente a sus labores como regidor de la entidad edil mencionada. b) Carta N° 001-2020-ECGG/CIUDADANO, del 9 de diciembre de 2020, a través de la cual el regidor don Elmer Celestino Goñas Galoc a fi rma que no asistió a ningún acto o evento administrativo, político o de cualquier otra índole concerniente a sus labores como regidor de la entidad edil mencionada. c) Carta Múltiple N° 22-2020-MDSC/B-A, del 7 de diciembre de 2020, y su anexo, acompañado con fotografías, por la cual se citó a los regidores del concejo edil mencionado para su asistencia a la Sesión Extraordinario de Concejo del 9 de diciembre de 2020. d) Acta de la Sesión Extraordinaria de Concejo, del 9 de diciembre de 2020, en el cual se declaró por unanimidad, la vacancia de los regidores don Elmer Celestino Goñas Galoc y don Álex Conche Torres, por la causa antes descrita. e) Carta Circular N° 24-2020-MDSC/B-A, del 14 de diciembre de 2020, y su anexo, acompañado con