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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (19/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 19 de abril de 2021 El Peruano / se trata de grandes continentes, camiones cisterna o buques tanques, en especial en el caso de suspensiones con tendencia a la decantación, las muestras se extraen por separado, del fondo, del centro y de la super fi cie de la cisterna o tanque. Otros productos líquidos tales como insumos para bebidas gaseosas deben extraerse en ambientes estériles. De no ser posible la extracción de muestra de estos productos, se procede de acuerdo con el numeral siguiente. Para la extracción de muestras de combustibles se debe aplicar la norma ASTM D4057-2006: Standard Practice for Manual Sampling of Petroleum and Petroleum Products (Práctica Estándar para Muestreo Manual de Petróleo y sus Derivados), para lo cual la extracción se realiza antes de la descarga, por la empresa debidamente certi fi cada por INDECOPI con la presencia del funcionario aduanero . (...)Acta de extracción de muestras y transcripción de etiquetas 16. El funcionario aduanero formula el acta de extracción de muestras y transcripción de etiquetas en presencia del despachador de aduana, el dueño, consignatario o consignante y del representante del depósito temporal, quienes fi rman conjuntamente el acta, en original y tres copias. El representante del depósito temporal solo participa de la suscripción del acta cuando se trata del proceso de extracción de muestras. Los documentos se distribuyen de la siguiente manera: Original : Al área de despacho. 1ra copia : Al funcionario aduanero , la cual se adjunta al sobre de los documentos sustentatorios de la declaración o declaración simpli fi cada. 2da copia : Al despachador de aduana, dueño, consignatario o consignante. 3ra copia : Al almacén aduanero, punto de llegada o local autorizado en el que se realiza el reconocimiento. Los almacenes aduaneros, dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente de efectuada la extracción de muestras, deben remitir a los correos electrónicos que cada intendencia de aduana determine la relación de las actas de extracción de muestras solicitadas por los funcionarios aduaneros. La relación debe contener: el número de la declaración, la descripción de la mercancía, la cantidad de muestra extraída, la fecha y el nombre del funcionario aduanero asignado. El personal encargado del registro de actas del área del régimen correspondiente veri fi ca que la cantidad de muestras entregadas por los funcionarios aduaneros concuerde con la información remitida por los almacenes; de existir discrepancias informa a su jefe inmediato superior para las acciones que correspondan. (...)34. El personal encargado del área de despacho recibe el acta de extracción de muestras o transcripción de etiquetas y su documentación y los adjunta a la declaración o declaración simpli fi cada, la cual entrega al funcionario aduanero asignado. El funcionario aduanero asignado veri fi ca la cancelación de la liquidación de cobranza por el servicio de Boletín Químico. (...)