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30 NORMAS LEGALES Martes 20 de abril de 2021 / El Peruano integrantes del grupo familiar creados e implementados del 2018 al 2020; b) Hasta por la suma de S/ 34,345,827 (treinta y cuatro millones trecientos cuarenta y cinco mil ochocientos veintisiete y 00/100 soles) para la creación e implementación de 27 órganos jurisdiccionales de protección y de sanción sub especializados en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en los Distritos Judiciales de Cusco, Junín y Lima Norte. Los referidos órganos jurisdiccionales corresponden a la implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar - SNEJ, en el marco del Programa Presupuestal orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer. Asimismo, dichos recursos asignados no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos a los señalados en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2021. Noveno. Que, en tal sentido, tales recursos fi nanciarán la sostenibilidad de 108 órganos jurisdiccionales creados del 2018 al 2020 en los Distritos Judiciales de Ancash, Arequipa, Lambayeque, Lima Este, Callao, Puente Piedra-Ventanilla, y la creación de 27 órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Cusco, Junín y Lima Norte, de los cuales 24 corresponden a Juzgados penales para la sanción de delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar Décimo. Que, siendo la creación de los órganos jurisdiccionales el paso inicial para los procesos de contratación de recursos humanos, bienes, servicios y activos, se solicita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emita la resolución mediante la cual se crean los órganos jurisdiccionales que se fi nanciarán con los recursos recibidos en el Presupuesto inercial del Pliego 04: Poder Judicial antes aludido, y de conformidad con las facultades que le otorga la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como su Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 284-2016-CE-PJ y su modi fi catoria Resolución Administrativa N° 179-2017-CE-PJ, a fi n de llevar a cabo las acciones inherentes a su implementación y al logro de los objetivos institucionales. Undécimo. Que, por consiguiente, es necesario dictar las medidas pertinentes para la designación de jueces provisionales o supernumerarios que se requieran; así como convocar a concurso de personal, al amparo de la excepcionalidad señalada en la Ley N° 31131 “Ley que establece Disposiciones para erradicar la Discriminación en los Regímenes Laborales del Sector Público” de fecha 9 de marzo de 2021, en cuyo contexto, SERVIR-GPGSC ha expedido el Informe Técnico N° 000357-2021 con ciertos alcances, respecto de la interpretación de la Ley y en mérito al Decreto de Urgencia N° 034-2021 de fecha 31 de marzo de 2021, que en su Segunda Disposición Complementaria Final, dispone la autorización excepcional para la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, que permita continuar brindando los servicios indispensables a la población, entre los que están, la atención a personas que sufren de violencia hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar. Duodécimo. Que, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Junín y Lima Norte, han enviado al Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer, sus propuestas de denominación del órgano jurisdiccional, competencia territorial, carga procesal de inicio, conformación de colegiados, identi fi cación de sala de apelaciones, entre otros, la misma que ha sido sistematizada e incorporada en el Informe N° 0010-2021-/CJJG-PJ-PPoR1002-RT, emitido por el Responsable Técnico del citado programa presupuestal. Decimotercero. Que, por lo antes expuesto, el señor Presidente de la Comisión de Justicia de Género mediante O fi cio N° 00046-2021-CJG/PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 0010-2021-/CJG-PJ-PPoR1002-RT, que sustenta la creación de 27 órganos jurisdiccionales y la sostenibilidad de 108 órganos jurisdiccionales; por el cual concluye que resulta pertinente la creación de los Juzgados de Protección y Penales del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes de Grupo Familiar - SNEJ en los Distritos Judiciales de Cusco, Junín y Lima Norte; así como atender la continuidad de los 108 Juzgados de Protección y Penales creados del 2018-2020, que también forman parte del citado sistema, en cumplimiento a los establecido en el numeral 22.5 del artículo 22° de la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2021. Decimocuarto. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; y, en mérito al Acuerdo N° 486-2021 de la décimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 7 de abril de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo y Pareja Centeno; sin la intervención del señor Castillo Venegas por tener cita médica; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la creación de los Módulos de Protección y Módulos Penales, con sus correspondientes juzgados de protección y penal que conforman el denominado “Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - SNEJ” en los Distritos Judiciales de Cusco, Junín y Lima Norte. Los órganos jurisdiccionales de continuidad de los Distritos Judiciales de Ancash, Arequipa, Lambayeque, Lima Este, Callao y Puente Piedra-Ventanilla, para el referido Sistema ya se encuentran funcionando, por lo que no amerita la creación de órganos jurisdiccionales en el marco del presupuesto recibido. Artículo Segundo.- Crear los siguientes juzgados con la competencia territorial, sede y carga procesal de inicio, que se constituirán conforme se indica a continuación: CUADRO N° 01: COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS JUZGADOS DE PROTECCIÓN Y SANCIÓN PENAL SUBESPECIALIDAD EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO MÓDULO ESPECIALIZADODENOMINACIÓN DEL ORGANO JURISDICCIONALCOMPETENCIA TERRITORIALCARGA PROCESAL DE INICIO Módulo Integrado de atención a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar del Sistema Nacional Especializado de Justicia (protección)Juzgado de Familia Sub especialidad en Violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de Urubamba PROVINCIA URUBAMBAIniciará su funcionamiento con carga cero “0”. Sustentado en el ingreso promedio mensual de procesos de violencia familiar que ingresan actualmente al Juzgado Civil de Urubamba.