TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Jueves 22 de abril de 2021 El Peruano / de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Olga Liliana Francisca de Olarte Paredes de Torre Muga, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República Checa. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1946182-4 Designan Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0149-2021-RE Lima, 19 de abril de 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0139-2021- RE se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual contempla el cargo de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, cali fi cado como cargo de con fi anza; Que, se encuentra vacante el cargo estructural de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, correspondiente al cargo 009-Asesor, código 008 01 00 2, de clasi fi cación EC (Empleado de con fi anza); Que, resulta necesario designar a la servidora que desempeñará las funciones propias del mencionado cargo; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la abogada María del Carmen Barragán Coloma en el cargo de con fi anza de Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1945479-1 SALUD Decreto Supremo que aprueba normas complementarias para la mejor aplicación del Decreto de Urgencia N° 031-2021, Decreto de Urgencia que aprueba medidas económico financieras para asegurar el financiamiento del proceso de inmunización contra la COVID-19, así como el pago de obligaciones a cargo del Estado a favor de las personas que recibieron en territorio peruano las vacunas contra la COVID-19 DECRETO SUPREMO N° 012-2021-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia N° 031-2021 se establecen medidas extraordinarias temporales para asegurar el fi nanciamiento durante el año 2021 de las demandas de gasto destinadas a la emergencia sanitaria por COVID-19; así como establecer una indemnización pecuniaria a cargo del Estado a favor de las personas que recibieron en territorio peruano alguna de las vacunas contra la COVID-19, adquiridas por el Ministerio de Salud (MINSA), y que presenten un Evento Supuestamente Atribuido a la Vacunación o Inmunización (ESAVI) severo que tenga relación causal con la misma; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia autoriza al MINSA a otorgar y pagar, por única vez, una indemnización pecuniaria a favor de aquellas personas que recibieron en territorio peruano alguna de las vacunas contra la COVID-19 adquiridas por el MINSA y que presenten ESAVI severo que tenga relación causal con la misma; Que, el numeral 3.6 del referido artículo 3 del mencionado Decreto de Urgencia dispone que el monto de la indemnización es calculado sobre el 100% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente al momento de la determinación del ESAVI severo que tenga relación causal con la vacuna contra la COVID-19, según los criterios que se preestablezcan por las áreas competentes del Sector Salud, los cuales son determinados mediante decreto supremo que proponga el MINSA, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el artículo 5 de Decreto de Urgencia Nº 031- 2021 establece que, en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir de la vigencia de dicho Decreto de Urgencia, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último, se aprueban normas complementarias para la mejor aplicación del citado Decreto de Urgencia; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto de Urgencia N° 031-2021; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación de Normas Complementarias para la mejor aplicación del Decreto de Urgencia N° 031-2021