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23 NORMAS LEGALES Jueves 22 de abril de 2021 El Peruano / l) Violencia de género: violencia física, sexual, psicológica o económica m) Hurto de informaciónn) Actos de tortura u otros tratos crueles e inhumanoso) Actos contra el ejercicio de sus derechos culturalesp) Otros. 3.4. Bene fi ciario(a): persona a favor de quien se otorgan las medidas de protección o las medidas urgentes de protección. Puede ser: a) Persona defensora de derechos humanos; b) Un miembro familiar o dependiente de la persona defensora de derechos humanos; c) El representante legal o abogado de la persona defensora de derechos humanos, cuando éste actúe en nombre de ella o cuando la persona defensora de derechos humanos es una persona jurídica; d) Una persona jurídica, colectivo o grupo étnico- cultural, asociación, organización, comunidad o red, con quien la persona defensora de derechos humanos esté asociada. 3.5. Medida de Protección: Medida para la protección del bene fi ciario, ante riesgos sobre derechos humanos, donde no se identi fi ca gravedad o inminente peligro de una posible afectación a la vida o integridad personal. 3.6. Medida Urgente de Protección: Medida extraordinaria para la protección del bene fi ciario, ante el riesgo grave e inminente para la vida o la integridad de la persona defensora, sus familiares y personas relacionadas con ella. 3.7. Solicitante: persona defensora de derechos humanos o un tercero que solicita una medida de protección y/o una medida urgente de protección. Artículo 4. -Principios Generales y Enfoques El Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos se implementa conforme con los Principios Generales y Enfoques que a continuación se detallan. 4.1 Principios Generalesa) Prevención Los ministerios vinculados por el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos deben evitar, en la medida de lo posible, que las labores de defensa de derechos humanos se vean obstaculizadas o truncadas. Cuando no sea posible eliminar las causas que generan el riesgo, deben mitigar las posibles afectaciones a los derechos de las personas defensoras de derechos humanos. b) Efi cacia Las acciones que se adopten deber ser idóneas para incidir en la eliminación o mitigación de las situaciones de riesgo que afrontan las personas defensoras de derechos humanos, como consecuencia de sus actividades de promoción, protección y defensa de derechos humanos. c) Oportunidad Las acciones que se adopten deben ejecutarse en las circunstancias o momentos adecuados para lograr la mitigación o eliminación de las situaciones de riesgo que afrontan las personas defensoras de derechos humanos. d) Simplicidad El análisis y la gestión de la información deben ser sencillas. Las personas defensoras de derechos humanos o terceros que soliciten las medidas dispuestas en el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos deben contar con las facilidades necesarias para tal fi nalidad. e) Con fi dencialidad Los datos de las personas defensoras de derechos humanos recopiladas son con fi denciales, conforme con lo dispuesto en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. La información acopiada, como la identidad del/a presunto/a agresor/a y agredido/a no es de conocimiento público, por guardar relación con la seguridad de la persona defensora de derechos humanos en riesgo. Las y los funcionarios y servidores deben guardar con fi dencialidad sobre la información que conozcan en el ejercicio de sus funciones, inclusive después de fi nalizada su relación laboral, con excepción de aquella que se requiera para articular las medidas dispuestas en el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos, ante agresiones, amenazas o situaciones de riesgo. f) Colaboración entre entidades Las entidades estatales actúan de manera coordinada y articulada en la implementación de las medidas comprendidas en el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos y la aplicación de las disposiciones correspondientes. 4.2. Enfoquesa) Enfoque Basado en Derechos Humanos Comprende un conjunto de normas jurídicas nacionales e internacionales, principios éticos ejercidos individual e institucionalmente, así como políticas públicas aplicadas por el Estado que involucran a actores públicos y privados, empoderando a los/las titulares de los derechos en la capacidad de ejercerlos y exigirlos. Se concreta en actitudes que llevan a la práctica el ideal de la igual dignidad de todas las personas, promoviendo cambios en las condiciones de vida de las poblaciones más vulnerables. El enfoque basado en derechos humanos incluye los principios rectores sobre empresas y derechos humanos: proteger, respetar y remediar. b) Enfoque de Género Herramienta de análisis que permita identi fi car los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos. Al observar de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre hombres y mujeres y explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de género aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones a fi rmativas, normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género, modi fi car las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica, edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad. c) Enfoque Intercultural Establece el reconocimiento de las diferencias culturales como uno de los pilares de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos. El enfoque intercultural en la gestión pública es el proceso de adaptación de las diferentes instituciones, a nivel normativo, administrativo y del servicio civil del Estado para atender de manera pertinente las necesidades culturales y sociales de los diferentes grupos étnico-culturales del país. d) Enfoque Diferencial Tiene por objeto visibilizar los diversos factores entre los diferentes integrantes de la población bene fi ciada por las medidas de promoción de la accesibilidad y que deben considerarse en el marco del diseño universal. Esto implica en la práctica atender a las diversas necesidades de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad, madres gestantes y personas adultas mayores, entre otros. e) Enfoque Interseccional Complementario al enfoque diferencial, permite visibilizar la existencia de situaciones en las cuales en una