Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (22/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 22 de abril de 2021 El Peruano / Artículo 10.- Fases para la implementación del Registro El procesamiento de la información se realiza según las siguientes fases: 10.1. Primera fase: Analizar la información realizando dos (2) actividades: a) Acopiar información posiblemente relacionada con agresiones, amenazas o situaciones de riesgo que afrontan personas defensoras de derechos humanos. b) Clasi fi car la información de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 12. 10.2. Segunda fase: Gestionar la información a través de dos actividades: a) Alimentación de la información del Registro. b) Formulación de estadísticas y mapas de riesgos. Artículo 11.- Fuentes de información del Registro Para el acopio, se recaba información de las siguientes fuentes: 11.1. Por acción directa: La Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos acopia información periódicamente sobre situaciones de riesgo que afrontan las personas defensoras de derechos humanos, priorizando a aquellas que integran grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad. Adicionalmente, acopia la información proveniente de las activaciones del Procedimiento de alerta temprana. 11.2. Por remisión de terceros: A su vez, acopia la información proporcionada por: a) Entidades del Estado b) Organismos internacionalesc) Organizaciones no estatalesd) Otros Artículo 12.- Criterios para la clasi fi cación de la información del Registro La información acopiada para el Registro es clasi fi cada considerando los siguientes criterios: 12.1 Identi fi cación de la persona defensora de derechos humanos presuntamente agredida, teniendo en cuenta los siguientes datos. a) Nombre (considerando la identidad de género, en caso corresponda) b) Sexo y/o géneroc) Documento Nacional de Identidad u otro documento de identidad, en caso corresponda d) Autoidenti fi cación étnica o pueblo indígena u originario del que se siente parte, de acuerdo con sus costumbres y/o antepasados. e) Pertenencia a un grupo de especial protecciónf) Lengua materna o lengua con la que aprendió a hablar en su niñez g) Temas de trabajo en la defensa de derechos humanos que aborda h) Pertenencia a organizaciones no gubernamentales, colectivos, comunidades campesinas y nativas, plataformas y frentes de defensa u otros, entidades del Estado o empresas, u otra persona jurídica, en caso corresponda 12.2 Identi fi cación de los hechos y consecuencias de la presunta agresión, teniendo en cuenta los siguientes datos: a) Fecha de ocurrencia b) Lugar de ocurrencia. Cuando las agresiones sean a través de medios virtuales, se consignará el lugar donde se realizan las actividades de defensa de derechos humanos. c) Reincidencia en el tiempo d) Tipo de agresióne) Motivaciones de la agresión f) Contexto o circunstancias en el que se ejecutó, precisando si se trata de un contexto de ilegalidad, informalidad, violencia y/o discriminación estructural, confl ictividad social, geográ fi ca, económica, y/o cultural, autoidenti fi cación étnica, entre otros. g) Derecho afectado e impacto en la actividad de defensa de derechos humanos que ella realiza 12.3 Identi fi cación del actor o actores presuntamente causantes de la agresión, teniendo en cuenta los siguientes datos: a) Si se trata de un actor estatal, b) Si se trata de un actor no estatal, precisar si es formal, informal o realiza actividades ilícitas, c) Reincidencia. 12.4 Identi fi cación de las autoridades involucradas y de las acciones adoptadas para atender la presunta agresión, en caso corresponda, teniendo en cuenta los siguientes datos: a) Si se formuló una denuncia o se inició una investigación de oficio, y el estado de esta, precisando el número de carpeta fiscal o expediente, si lo hubiere, b) Si se solicitó y/u otorgaron garantías personales,c) Si se solicitó la activación del Procedimiento de Alerta Temprana. 12.5 Otros criterios podrán ser incorporados según las necesidades del Registro y la casuística relacionada con las agresiones o amenazas a las personas defensoras de derechos humanos. Artículo 13.- Veri fi cación de la información La Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos veri fi ca la existencia de la situación de riesgo ocurrida en torno a la actividad de defensa de derechos humanos, corroborando la información que proporcionan las entidades del Estado o terceros. Cuando la situación se relaciona con la presunta agresión de un actor no estatal, se solicita información al presunto/a agresor/a cuando sea identi fi cable y proceda del sector formal. Artículo 14.- Información estadística La Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos elabora estadísticas sobre la información incorporada al Registro sobre los riesgos que afrontan las personas defensoras de derechos humanos considerando lo siguiente: a) El número y el tipo de presuntas agresiones, teniendo en cuenta los enfoques de género, de interculturalidad y/o interseccional, b) Las regiones donde ocurrieron las presuntas agresiones. Cuando se registren agresiones virtuales, se considerará la región donde se desarrolla la actividad de defensa de derechos humanos, c) Los per fi les reincidentes y la caracterización de los potenciales agresores, d) Los temas de trabajo y problemas de derechos humanos que abordan, e) El tipo de acciones o actividades de defensa de derechos humanos, f) Las acciones estatales (de las diferentes entidades) frente a los presuntos agresores g) Los problemas estructurales que generan situaciones de riesgo. h) Autoidenti fi cación étnica. Artículo 15.- Mapa de riesgos La Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la información acopiada y sistematizada, elabora un mapa de riesgo tomando en consideración los criterios mencionados en el artículo anterior.