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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (28/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de abril de 2021 / El Peruano ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Prorrogan plazo de la sección 3.6 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por Res. Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00020-2021/CEPLAN/PCD Lima, 27 de abril de 2021VISTO: El Informe Nº D00004-2021-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº D000036-2021-CEPLAN-DNSE de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, y el Informe Nº D000075-2021-CEPLAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1088 dispone que una de las funciones generales del Ceplan es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, a través del Decreto Supremo Nº 029-2018- PCM, y sus modi fi catorias; se aprobó el Reglamento que regula las políticas nacionales, estableciéndose, entre otros, la participación del Ceplan como entidad encargada de aprobar la metodología, brindar asistencia técnica y emitir disposiciones para el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la versión modi fi cada de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva citada, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del Ceplan aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, que establece las orientaciones y plazos para que las entidades del Sinaplan realicen el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Informe Nº D000036-2021-CEPLAN- DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, comunica sobre la necesidad de prorrogar para el presente año, los plazos referidos a la presentación de los reportes de seguimiento y dejar sin efecto la presentación del informe de evaluación de resultados de las políticas nacionales y del Plan Estratégico Sectorial Multianual (Pesem), debido a que las entidades públicas se encuentran inmersas en las coordinaciones previas a la transferencia de gestión; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ceplan, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan; el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – Ceplan, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Prorrogar el plazo de la sección 3.6 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, estableciendo como plazo para el registro del reporte de seguimiento de políticas nacionales en el aplicativo CEPLAN V.01 el 31 de mayo de 2021. Artículo 2º .- Dejar sin efecto para el periodo de gobierno actual lo establecido en la sección 4.7 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, en lo referido a elaborar y presentar el informe de evaluación de resultados de las políticas nacionales antes del cambio de gobierno; estableciéndose que, para el presente año, los ministerios elaboran y publican los informes de evaluación de implementación de las políticas nacionales hasta el 31 de mayo de 2021. Artículo 3º .- Dejar sin efecto para el periodo de gobierno actual lo establecido en la sección 4.7 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, en lo referido a elaborar y presentar el informe de evaluación de resultados del Pesem antes del cambio de gobierno; estableciéndose hasta el 31 de octubre de 2021 como plazo para la elaboración y publicación del informe de evaluación de resultados del Pesem. Artículo 4º.- . Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ceplan (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1947803-1