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77 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de abril de 2021 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA Aprueban modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Camaná (TUPA) 2020 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2020-MPC-C Camaná, 28 de diciembre del 2020VISTOSEl Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Camaná, en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 023-2020, de fecha 17 de diciembre del 2020, sobre la aprobación del Proyecto Texto Único de Procedimientos Administrativos 2020 de la Municipalidad Provincial de Camaná, y; CONSIDERANDO Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el segundo párrafo del artículo II y artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Provincial de Camaná, es el órgano promotor del desarrollo local, con personería jurídica de Derecho Público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9º, en concordancia con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas de las municipalidades provinciales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; asimismo, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Artículo 40º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que en caso de gobiernos locales los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal, los que deberán estar compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados por cada entidad, y solo se exigirá a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago de derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos. Incurre en responsabilidad la autoridad que procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos casos; Que, adicionalmente el numeral 44.1 del artículo 44º de la norma bajo referencia, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo: asimismo, el numeral 44.5 del citado artículo señala que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2019-MPC-C, publicada en el diario O fi cial “El Peruano” el día 31 de enero del 2020, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Camaná, conteniendo por 170 procedimientos administrativos con sus respectivos derechos de trámites; Que, mediante la Hoja de Coordinación Nº 021-2020-MPC-GPPR, de fecha 30 de noviembre del 2020, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, remite a la administración municipal el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2020 modificado para su revisión y conformidad de los procedimientos administrativos correspondientes, esto con la finalidad de culminar con la modificación de la citada herramienta de Gestión y poder solicitar su aprobación con Ordenanza Municipal al Pleno del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Legal Nº 395-2020-GAJ/MPC, de fecha 17 de diciembre del 2020, e Informe Legal Nº 413-2020-GAJ/MPC, de fecha 23 de diciembre del 2020, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se debe tener la conformidad de todas las gerencias que tengan trámites en el TUPA 2020; Que, bajo este contexto habiendo emitido las instancias administrativas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Camaná, los informes correspondientes donde otorgan conformidad a los procedimientos administrativos a su cargo; consecuentemente, resulta factible mediante Ordenanza Municipal modi fi car y actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Camaná – TUPA 2020; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto de la mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, se aprobó por MAYORÍA lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ – TUPA 2020, CONTENIENDO 190 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CON SU RESPECTIVOS DERECHOS DE TRÁMITES Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial De Camaná (TUPA) 2020, el mismo que contiene 190 procedimiento administrativos y forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a todas la Dependencias de la Municipalidad Provincial de Camaná, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto cualquier otra ordenanza, que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario local de mayor circulación; y, a la Sub Gerencia de Informática la publicación integra con sus anexos en la Página web de la municipalidad, conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCELO ALEJANDRO VALDIVIA BRAVO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1947189-1