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64 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de abril de 2021 / El Peruano Suelo del distrito de Carabayllo, que son parte del Área de Tratamiento Normativo I y IV de Lima Metropolitana; Que, con expediente 35312-2019 de fecha 01 de febrero de 2019, la empresa Constructora Rimachi-Martínez Sociedad Anónima, debidamente representada por la señora Pilar V. Rimachi Martínez; doña Marivel Giovanna Rimachi Martínez, doña Haydee Felicitas Rimachi Martínez y doña Ubaldina Martínez Aldazabal, propietarios registrales del predio de 16,839.12 m2, que forma parte del lote matriz de 7 Has. 3,172.94 m2, constituido por el Lote A, Fundo Ladera del Distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; solicitan el cambio de zoni fi cación de Zona de Reglamentación Especial (ZRE-1) a Residencial de Densidad Media (RDM) y Zona de Recreación Pública (ZRP) de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 412-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 19 de marzo del 2019, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086, no obteniéndose la respuesta requerida por parte de la Municipalidad distrital; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° 411-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 19 de marzo del 2019, solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por la empresa Constructora Rimachi-Martínez Sociedad Anónima. Y, mediante O fi cio N° 0190-20-MML-IMP-DE de fecha 06 de febrero de 2020, remitió el Informe CEZ N° 029-2020-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 20 de enero de 2020, en el que emitió opinión favorable respecto al Cambio de Zoni fi cación, señalando que el predio se encuentra en proceso de consolidación urbana residencial de densidad media con edi fi caciones de ladrillo de 2 a 3 pisos, destacando que en el predio nunca se han desarrollado actividades de ladrillera. Asimismo, precisó que el predio se encuentra próximo a una vía de nivel metropolitano con clasi fi cación colectora como son la Calle X-4 de sección vial normativa de 30.00 ml y Calle X-8 con una sección vial de 24.00 ml, lo cual favorece al predio con su accesibilidad vial; Que, a través del Informe Nº 170-2020-MML-GDU- SPHU-DP de fecha 15 de Junio del 2020 de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, concluyó que el Cambio de Zoni fi cación de Zona de Reglamentación Especial (ZRE-1) a Residencial de Densidad Media (RDM) y Zona de Recreación Pública (ZRP) del predio de 16,839.12 m2, que forma parte del Lote A Fundo Ladera del Distrito de Carabayllo, solicitado por la empresa Constructora Rimachi-Martínez Sociedad Anónima, debidamente representada por la Sra. Pilar V. Rimachi Martínez; doña Marivel Giovanna Rimachi Martínez, doña Haydee Felicitas Rimachi Martínez y doña Ubaldina Martínez Aldazabal, resulta favorable, por cuanto el distrito de Carabayllo, ha sido identi fi cado como uno de los que tiene mayor potencial de crecimiento urbanístico, debido a que cuenta aún con terrenos disponibles para el crecimiento urbano, contribuyendo el proyecto en evaluación en mejorar la plusvalía del suelo de las zonas aledañas, además de presentar ubicación estratégica al estar ubicado frente a dos vías metropolitanas que a su vez, articulan las áreas urbanas del sector en evaluación, garantizando mediante la Panamericana Norte, la integración física de esta parte del distrito con la zona norte de Lima Metropolitana. Asimismo, señaló que si bien el distrito no ha emitido opinión formal respecto a la petición de cambio de zoni fi cación, la propuesta del Plan de Desarrollo Urbano Sostenible de Carabayllo, que se encuentra publicado en la página web distrital ha considerado que el área en el cual se encuentra el predio responde a su vocación residencial, considerándolo en el plano de usos de suelo como Residencial de Densidad Media (RDM); Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 103-2020-MML-CMDUVN, de fecha 05 de agosto de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO APROBADO POR ORDENANZA N° 1849 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zonifi cación del distrito de Carabayllo, aprobado mediante Ordenanza N° 1849, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014 de Zona de Reglamentación Especial (ZRE-1) a Residencial de Densidad Media (RDM) y Zona de Recreación Pública (ZRP) para el inmueble de 16,839.12 m2, que forma parte del Lote A, Fundo Ladera del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, solicitado por la empresa Constructora Rimachi-Martínez Sociedad Anónima, debidamente representada por la señora Pilar V. Rimachi Martínez; doña Marivel Giovanna Rimachi Martínez, doña Haydee Felicitas Rimachi Martínez y doña Ubaldina Martínez Aldazabal, a través del expediente Nº 35312-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Carabayllo, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1947642-9 Declaran desfavorable solicitud de desafectación de uso con fines de vivienda de área de terreno ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima ACUERDO DE CONCEJO N° 130 Lima, 22 de abril de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y