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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (11/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de agosto de 2021 El Peruano / Que, la mediante Resolución Ministerial Nº 972-2020- SA, el Ministerio de Salud, aprueba el Documento Técnico que establece “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2”, considerando los lineamientos básicos basados en criterios epidemiológicos y aplicación obligatoria en el trabajo; Que, la Resolución Directoral Nº 03-2020-INACAL/ DN, aprueba la Guía para la Limpieza y Desinfección de Manos y Super fi cies, que considera los procedimientos a realizarse para la limpieza y desinfección de diferentes super fi cies; Que, mediante Ordenanza Nº 2260-MML se aprueba la Ordenanza que establece obligaciones a las actividades económicas y/o de servicios en el marco de la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional, en el cual establece disposiciones de obligatorio cumplimiento por parte de los titulares o conductores de actividades económicas y/o prestadores de servicios ante crisis sanitarias provocadas por enfermedades infecciosas; en cumplimiento de las diversas normas y lineamientos emitidos por el Gobierno Nacional y de competencia municipal, dentro del marco del periodo de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, Estado de Emergencia Nacional y sus posteriores fases de Prevención y Control; Que, al respecto la Subgerencia de Gestión Ambiental con el Informe Nº 005-2021-SGGA-GSP/MDSL, propone la ordenanza que promueve medidas de bioseguridad y control para prevenir el Covid-19 en los establecimientos públicos y privados que se encuentran dentro del distrito de San Luis; Que, en ese contexto la Gerencia de Asesoría Jurídica con el Informe Legal Informe Nº 0652021-GAJ-MDSL, señala que estando a las opiniones técnicas de las áreas usuarias involucradas en el proyecto, es procedente aprobar el citado proyecto; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 9 y los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES