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67 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021 El Peruano / asociadas a funciones tales como educación, salud y actividades económicas, productivas entre otras. Artículo 3º - DE LOS ALCANCES. Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente ordenanza las posesiones informales pertenecientes a la jurisdicción del distrito de Punta Hermosa, constituidas hasta el 31 de diciembre del 2015, a través de sus organizaciones sociales, que a la fecha no cuenten con dotación de servicios básicos. El acto administrativo que aprueba la visación de planos de lotización y trazado de vías no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular, sobre los predios en los que recae. Artículo 4º - DEFINICIONES. Por la presente Ordenanza se aplicarán las siguientes defi niciones: 4.1 POSESIONES INFORMALES: A los denominados asentamientos humanos, pueblos jóvenes, barrios marginales, barriadas, programas de vivienda municipales, centros poblados y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios con fi nes urbanos, cualquiera sea su denominación, siempre que presenten las características establecidas en el Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99- MTC. 4.2 POSEEDOR INFORMAL: Aquella persona que posee un lote que forma parte de una posesión informal, centro urbano informal o urbanización popular. Asimismo, al grupo de personas que ejerce de manera conjunta la posesión de un predio matriz ocupado por una posesión informal. 4.3 INSTRUMENTOS TÉCNICOS: Corresponde a la Memoria Descriptiva, Plano de Ubicación, Plano Perimétrico, Plano de Lotización y Trazado de Vías, que contiene información técnica acerca de las áreas ocupadas por las Organizaciones Vecinales, que son presentadas ante la Municipalidad de Punta Hermosa para su posterior evaluación. 4.4 ORGANIZACIONES VECINALES: Conjunto de posesionarios debidamente organizados. La Organización Vecinal deberá contar con el reconocimiento vigente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social de la Municipalidad de Punta Hermosa, a efectos de tramitar la visación de planos para poder gestionar la constancia de posesión para obtención de servicios básicos. CAPÍTULO I COMPETENCIA Artículo 5º.- ÓRGANO COMPETENTE. La competencia para el conocimiento del procedimiento regulado en la presente ordenanza recae en la Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas. Corresponde a dicha unidad orgánica, emitir el acto respecto a la Visación de Planos de Lotización y Trazado de Vías para la Obtención de Servicios Básicos. Las apelaciones, serán conocidas en última instancia administrativa por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial. Artículo 6º - RÉGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. El presente procedimiento se encuentra sujeto a las reglas del silencio administrativo negativo. CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO Artículo 7º - REQUISITOS1. Solicitud dirigida al Alcalde. 2. Plano de Ubicación y Localización con coordenadas UTM a escala 1/1000 o 1/5000 o escala grá fi ca o fi cial que permita la visualización y veri fi cación de los datos técnicos (01 juego) en Datum O fi cial WGS84 – fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado, y fi rma del representante legal de la Organización Vecinal. 3. Plano Perimétrico con coordenadas UTM, a escala 1/1000 o 1/5000 o escala grá fi ca o fi cial que permita la visualización y veri fi cación de los datos técnicos (01 juego) en Datum O fi cial WGS84 – fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado, y fi rma del representante legal de la Organización Vecinal. 4. Plano de Lotización y Trazado de Vías con coordenadas UTM, a escala 1/1000 o 1/5000 o escala gráfi ca o fi cial que permita la visualización y veri fi cación de los datos técnicos (01 juego) en Datum O fi cial WGS84 – fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado, y fi rma del representante legal de la Organización Vecinal. 5. Memoria Descriptiva detallada (01 Juego) – fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado, y fi rma del representante legal de la Organización Vecinal. 6. Monumentar como mínimo (2) dos Puntos Geodésicos de Orden “C” visibles entre sí por el Instituto Geográ fi co Nacional (IGN). De no ser monumentado el Punto Geodésico por el IGN y lo hace un tercero, en ambos casos debe presentar el Certi fi cado de Validación emitida por el (IGN) de cada Punto Geodésico. 7. Certi fi cado de habilidad vigente del profesional responsable. De no contar con el instrumento indicado se podrá presentar una Declaración Jurada. 8. Un (01) CD conteniendo la documentación técnica de los numerales 2), 3), 4) y 5) del Artículo 10º (Planos en formato DWG y Memoria Descriptiva). 9. Estudio de Mecánica de Suelo, en Laboratorio Reconocido. 10. Certi fi cado de Zoni fi cación y Vías, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. 11. Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA). 12. Declaración Jurada Notarial fi rmada por los integrantes de la Junta Directiva y/o Organización Social señalando que no existe proceso judicial respecto del predio matriz materia de solicitud, caso contrario se procederá a demandar civil y/o penalmente por el Procurador Municipal y la anulación del Acto Administrativo. 13. Copia del Acta de Asamblea de Socios en la que se aprueba respetar las áreas destinadas a Usos Públicos de acuerdo al respectivo cuadro de aportes (sean éstas: áreas de recreación públicas, Secciones de Vías aprobadas, de educación, salud, otros fi nes, etc.). En dicha Acta debe indicarse que las áreas antes mencionadas se adjudicarán a nombre de las entidades que correspondan. El Acta debe ser legalizada por Notario. 14. Copia del Libro de Padrón de Socios actualizado y vigente por los moradores de la Organización Vecinal (Fedateado), El Libro de Padrón de Socios, debe ser legalizado por Notario. 15. Derecho de trámite. Artículo 8º - CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA VISACIÓN. Solo se aprobará la visación de planos para servicios básicos que cumplan las siguientes condiciones: 1. Que la posesión informal se haya constituido hasta el 31 de diciembre del 2015, acreditando dicha posesión con algún documento otorgado por alguna autoridad. 2. Las Organizaciones Sociales que se encuentren consolidadas con posesión efectiva al 80% (mínimo) de acuerdo al plan de lotización presentado. 3. Las Organizaciones Sociales que se encuentren inscritos como contribuyentes con Plano Perimétrico en la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. 4. El cumplimiento de los aportes de Tipo 4 (13%) de acuerdo al Artículo 9º y 10º del “ Título II.1 Habilitaciones Residenciales ” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y sus Modi fi catorias. Artículo 9º - IMPROCEDENCIA No se otorgará la visación de planos conforme lo establecido en el presente, en los siguientes casos: