Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (20/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021 El Peruano / VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 16 de julio de 2021, el Informe Nº 326-2021-SGOPyPCyOP-GDUCT/MDPG de fecha 13 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas y el Informe Nº 59-2021-GAJ/MDPH de fecha 14 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, modi fi cado por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional establecen que los Gobiernos, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que la presente Ordenanza tiene por objeto Viabilizar la Dotación de Servicios Públicos Básicos de aquellas áreas ocupadas por posesiones informales, para la obtención de la factibilidad de servicios; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las Municipalidades se encuentran facultadas de emitir normas técnicas generales en materia de organizaciones del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del Ambiente”, puesto que las Municipalidades ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente Ley y la Ley Nº 27783, “Ley de Bases de la Descentralización”; Que, el inciso 3.1 del artículo 3º de la Ley 28687, “Ley de Desarrollo y Complementaria de formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos”, modi fi cada mediante Ley 31056, establece que “la presente ley comprende aquellas posesiones informales (…), que se hubiesen constituido sobre inmuebles de propiedad estatal, hasta el 31 de diciembre del 2015…”; Que el artículo 85º del Decreto Legislativo Nº 1221, “Decreto Legislativo que mejora la Regulación de la Distribución de Electricidad para Promover el Acceso a la Energía Eléctrica en el Perú”, precisa que: “El solicitante para poder acceder al servicio de electri fi cación deberá contar con Plano de Lotización, Trazado de Vías, así como las Constancia de Posesión, estos aprobados y emitidos por la Municipalidad correspondiente”; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1280, se aprueba el “Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, se aprueba el “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280”, que aprueba la “Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento”; Que, considerando que las empresas prestadoras de servicios básicos solicitan como requisito, la presentación de Planos de Lotización, Trazado de Vías y Constancia de Posesión visados por la Municipalidad, con el fi n del trámite para la dotación de servicios básicos, corresponde a la municipalidad, emitir los actos correspondientes a fi n de viabilizar la dotación de servicios a favor de las posesiones informales que requieren acceder a estos servicios; Que, mediante Informe Nº 326-2021-SGOPyPCyOP- GDUCT/MDPH de fecha 13 de julio de 2021, la Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas, presenta el proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Lotización y Trazado de Vías para la obtención de servicios básicos en el distrito de Punta Hermosa; Que, mediante Informe Nº 59-2021-GAJ/MDPH de fecha 14 de julio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la aprobación del proyecto de Ordenanza presentado por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, Catastro y Obras Privadas, que regula el Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Lotización y Trazado de Vías para la obtención de servicios básicos en el distrito de Punta Hermosa; para lo cual debe ser elevado al Concejo Municipal para su aprobación; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto por numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA Nº 434-MDPH ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACIÓN DE PLANOS DE LOTIZACIÓN Y TRAZADO DE VÍAS PARA LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- APROBAR el “PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACIÓN DE PLANOS DE LOTIZACIÓN Y TRAZADO DE VÍAS PARA LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA”, que contiene: un (1) Título, dos (2) Capítulos, doce (12) artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- El plazo de VIGENCIA de la presente Ordenanza es de tres (3) meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Los planos visados para servicios básicos consignarán expresamente en su texto que: “SOLO SERÁ VÁLIDO EXCLUSIVAMENTE PARA LA TRAMITACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS. CUALQUIER OTRO USO DISTINTO A LO APROBADO GENERARÁ AUTOMÁTICAMENTE SU INVALIDEZ”. Artículo Cuarto.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y a la Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, Obras Privadas y Catastro. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACIÓN DE PLANOS DE LOTIZACIÓN Y TRAZADO DE VÍAS PARA LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO. La presente ordenanza tiene por objeto regular el procedimiento para la visación de planos de lotización y trazado de vías, a fi n de viabilizar la dotación del Servicios Básicos, de aquellas áreas ocupadas por posesiones informales en el marco de la normativa vigente. La Municipalidad de Punta Hermosa promueve las condiciones necesarias para la efectividad del acceso a servicios básicos a través de la Visación de planos de Lotización y Trazados de Vías. Artículo 2º.- FINALIDAD La viabilización del acceso a los servicios básicos tiene como fi nalidad, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos e incrementar sus posibilidades de desarrollo