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56 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo Tercero.- DISPONER, a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios”. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, Provincia de Tambopata, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. JORGE HONORATO PITA BARRA Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los diez días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA Gobernador Regional 1983456-1 Modifican el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2021-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día viernes 07 de mayo del 2021, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante O fi cio Nº 263-2021-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional de Madre de Dios, solicita la aprobación del Proyecto de Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, presentado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Que, con fecha 01 de febrero del 2019, el Consejo Regional de Madre de Dios, aprobó mediante Ordenanza Regional Nº 001-2019-RMDD/CR, el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, a través del Informe Nº 078-2020-GOREMAD/ GRRNYGMA-SGGADS, sobre Actualización del Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible, realiza una evaluación al texto del indicado Reglamento, identi fi cando “tres errores de digitación de numeración secuencial de artículos, segundo de digitación de numeración de tipi fi cación general y tipi fi caciones transversales y tercero de digitación de numeración de Resolución de Consejo Directivo…”, cuyo enunciado y su correspondiente corrección expone en los Cuadros Nros. 01, 02 y 03, respectivamente. Que, mediante Informe Técnico Nº 003-2021-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, considera que la propuesta es procedente; por cuanto, cumple con los formatos y reglas emitidas por la OEFA y adjunta copia de la reunión de trabajo de revisión y validación técnica del referido documento. Que, mediante Informe Legal Nº 254-2021-GOREMAD/ ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina por la pertinencia de modi fi car la Ordenanza Regional, antes mencionada, con la sugerencia de remisión de la propuesta al Consejo Regional. Que, esencialmente, se trata de una propuesta de modi fi cación, mas no de actualización de la Ordenanza Regional Nº 001-2019-RMDD/CR, que aprueba el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, las correcciones propuestas no inciden en aspectos esenciales del objeto regulado; por lo que, no amerita una derogatoria, sinó una modi fi cación de los aspectos precisados en los Cuadros Nros. 01, 02 y 03, contenidos tanto en el Informe de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible, como en el Informe Legal. Que, atendiendo al rango normativo que ostenta la disposición que aprueba el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, su modificación, en los términos señalados en la propuesta, también debe ser a través de una Ordenanza Regional. Que, mediante Informe Nº 003-2021-GOREMAD- CR/CAMAAYCCNN, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, apreciando que la propuesta modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 001-2019-RMDD/CR, cuenta con informes técnico y legal favorables y se sustenta en razones suficientes para la corrección del texto del Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios; recomienda al Pleno su aprobación mediante Ordenanza Regional. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, por mayoría. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios, según la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y expresada en los Cuadros 01, 02 y 03 del Informe Nº 078-2020-GOREMAD/GRRNYGMA-SGGADS, de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible, los cuales forman parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Tercero.- DISPONER, a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios”. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.