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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 18 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo 3.- Disponer el obligatorio cumplimiento del Reglamento Interno de las/los Servidores Civiles por parte de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de Recursos Humanos la difusión del Reglamento Interno de las/los Servidores Civiles del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia el 4 de enero de 2022. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, en el mismo día, se dispone su publicación y la de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO CAVAGNARO PIZARRO Secretario General 2022716-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Mollendo, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 345-2021-MIMP Lima, 15 de diciembre de 2021Vistos, el Informe Técnico N° D000120-2021-MIMP- DSB-SDB y las Notas N° D000309 y N° D000310-2021-MIMP-DSB de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia, la Nota N° 006-2021-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y la Nota N° D001084-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece que la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, asimismo, determina que la designación y remoción de los citados miembros se formaliza a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentran vacantes los cargos de miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Mollendo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar a el/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Mollendo, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 009-2020; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ALINIA QUILLA MAMANI como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Mollendo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANAHÍ DURAND GUEVARA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2022404-1 Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Ayacucho, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 346-2021-MIMP Lima, 15 de diciembre de 2021Vistos, la Carta s/n de la señora ISABEL CRISTINA LAZO MONTERO, el Informe Técnico N° D000073-2021-MIMP-DSB-CAB, el Informe Técnico N° D000119-2021-MIMP-DSB-SDB y la Nota N° D000311-2021-MIMP-DSB de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia, la Nota N° 007-2021-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y la Nota N° D001085-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece que la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, asimismo, determina que la designación y remoción de los citados miembros se formaliza a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 118-2020- MIMP se designa a la señora ISABEL CRISTINA LAZO MONTERO como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Ayacucho, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la referida persona ha renunciado a continuar siendo miembro del Directorio al que se hace referencia en el considerando precedente, por lo que, resulta pertinente aceptar la citada renuncia, correspondiendo designar a quien la reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 009-2020; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP;