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23 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de diciembre de 2021 El Peruano / ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000167-2021-COFOPRI-DE San Isidro, 21 de diciembre de 2021 VISTOS:El Informe N° D000207-2021-COFOPRI-OPP del 17 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° D000712-2021-COFOPRI-OAJ del 21 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modi fi cado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal; Que, mediante la Resolución Directoral N° D000121- 2020-COFOPRI-DE del 29 de diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 211 Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, para el Año Fiscal 2021; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo que la citada Resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG del 04 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a favor Contraloría General de la República. En el caso del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme al anexo de la referida Resolución de Contraloría, el importe por concepto de retribución económica e impuesto general a las ventas, es de S/ 62,976.00 y S/ 11,336.00, respectivamente;Que, con el O fi cio N° 000697-2021-CG/GAD del 02 de diciembre de 2021, la Contraloría General de la República solicita al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, se proceda con la transferencia fi nanciera de la retribución económica de los periodos 2021 y 2022, hasta por el monto total de S/ 74,312.00 (Setenta y cuatro mil trescientos doce con 00/100 soles), a efecto de ser incluida en el próximo concurso público de méritos para designar a una sociedad de auditoría; Que, mediante documento de vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal, señalando que se dispone de los recursos necesarios en la actividad “5000003 Gestión Administrativa”, para efectuar una transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad auditora externa, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma S/ 74,312.00 (Setenta y cuatro mil trescientos doce con 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, con el visado de Gerencia General, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 803 y modi fi catorias; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias; Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal hasta por la suma de S/ 74,312.00 (Setenta y cuatro mil trescientos doce con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar la contratación de una sociedad de auditoría para el periodo 2021, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto 2021 de la Unidad Ejecutora 001: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI del Pliego 211: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, por la suma de S/ 74,312.00 (Setenta y cuatro mil trescientos doce y 00/100 soles), de acuerdo al siguiente detalle: CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones Centrales PRODUCTO : 3999999 Sin Producto ACTIVIDAD : 500000 Gestión Administrativa FUENTE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y Transferencias ESPECÍFICA DE GASTO 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional TOTAL : S/ 74 312 Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.cofopri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS QUEVEDO MERA Director Ejecutivo – COFOPRI 2023933-1