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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (22/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de diciembre de 2021 El Peruano / 2.3 En materia de Gestión de la Continuidad Operativa: Articular y coordinar la Gestión de la Continuidad Operativa en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en cumplimiento de las funciones estipuladas en el artículo 7 de los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las Entidades Públicas en los Tres Niveles de Gobierno, aprobados por Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM. Artículo 3.- Delegar en el/la Director/a de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, las siguientes facultades: a) Resolver las recusaciones interpuestas contra árbitros, de acuerdo a la normativa vigente. b) Designar de manera aleatoria por medios electrónicos, árbitros en procesos ad hoc, así como en los procesos organizados y administrados por el OSCE. Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Gestión de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, la siguiente facultad: Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República las transgresiones observadas a la normativa de contrataciones del Estado, en el marco de las competencias a cargo del OSCE, con excepción de aquellas que el Tribunal de Contrataciones del Estado deba informar en el marco del artículo 21 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2016-EF. Artículo 5.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades, están obligados a dar cuenta mensualmente al Titular de la Entidad, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes siguiente, respecto de las actuaciones derivadas de las delegaciones otorgadas. Artículo 7.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2022. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES Presidente Ejecutivo (i) 2023903-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2022 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000189-2021/SUNAT ESTABLECEN CRONOGRAMAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MENSUALES Y LAS FECHAS MÁXIMAS DE ATRASO DE LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS LLEVADOS DE FORMA ELECTRÓNICA CORRESPONDIENTES AL AÑO 2022 Lima, 18 de diciembre de 2021 CONSIDERANDO:Que el artículo 29 del Código Tributario, cuyo último texto único ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo N.º 133-2013-EF indica que la SUNAT puede establecer cronogramas de pagos para que estos se realicen dentro de los seis (6) días hábiles anteriores o MANTENTE INFORMADO CON LO ÚLTIMO EN NORMAS LEGALES Normas LegalesActualizadasNLA Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes. Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.pe https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadasINGRESA A NUESTRO PORTAL u.com. eru m.pee Escanea el código QR