TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Jueves 23 de diciembre de 2021 El Peruano / Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento operativo para la redistribución de los remanentes de escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales)” según el texto que, en Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar el formato de Acta de Redistribución del Remanente de Escudos Faciales, según el texto que, en Anexo II, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Aprobar el formato de Inventario de Remanente de Escudos Faciales, según el texto que, en Anexo III, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2024244-1 Aprueban “Modificación de la denominación de trece (13) Indicadores de Brechas y la eliminación de tres (03) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones” y se precisa que el Sector Transportes y Comunicaciones contará con treinta y tres (33) Indicadores de Brechas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1334-2021-MTC/01 Lima, 21 de diciembre de 2021VISTO: El Memorando N° 2618-2021-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a los artículos 4 y 5 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transportes de alcance nacional e internacional, y en infraestructura y servicios de comunicaciones, entre otras; y, tiene entre sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fi scalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N o 242-2018-EF, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; asimismo, las modi fi caciones a los objetivos priorizados, metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación;Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales; y que dichos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modi fi caciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Directiva N° 001-2019-EF/69.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los indicadores de brechas son las expresiones cuantitativas de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios, los cuales se elaboran a partir de una variable o conjunto de variables interrelacionadas entre sí que permiten su medición para un determinado momento o periodo de tiempo; asimismo, el numeral 11.4 del mismo artículo, señala que los indicadores de brechas validados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones son aprobados por el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo del Sector mediante la resolución o acto correspondiente, y publicados por la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector responsable en su portal institucional; Que mediante Resolución Ministerial N° 259-2019- MTC/01, se aprueba el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020 - 2022 del Sector Transportes y Comunicaciones, el mismo que contiene los Indicadores de Brecha de Infraestructura y/o Accesos a Servicios del Sector Transportes y Comunicaciones; asimismo, con Resolución Ministerial N° 012-2020-MTC/01, se aprueba la modi fi cación de la conceptualización y de fi nición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones; y con Resolución Ministerial N° 1053-2020-MTC/01, se aprueba la modi fi cación de la denominación de un (01) Indicador de Brecha, la modi fi cación en el Nivel de Desagregación de cinco (05) Indicadores de Brechas y la modi fi cación en la Unidad de Medida de cinco (05) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, con O fi cio Nº 078-2021-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Informe Nº 182-2021-EF/63.03 de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, mediante el cual se valida metodológicamente la propuesta de modi fi cación de trece (13) Indicadores de Brechas de Infraestructura o de Acceso a Servicios del Sector, y la eliminación de tres (3) Indicadores de Brecha; recomendando la aprobación y publicación de los Indicadores de Brechas modi fi cados; Que, con Memorando N o 2618-2021-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 0418-2021-MTC/09.02 de su O fi cina de Inversiones, mediante el cual se sustenta y propone la modi fi cación de la denominación de trece (13) Indicadores de Brechas y la eliminación de tres (03) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones, contenidos en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020 - 2022 del Sector Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 259-2019-MTC/01; asimismo, precisa que con la eliminación de los tres (3) indicadores de brecha, el Sector Transportes y Comunicaciones contará con treinta y tres (33) Indicadores de Brechas; Que, en ese sentido, es necesario aprobar la “Modi fi cación de la denominación de trece (13) Indicadores de Brechas y la eliminación de tres (03) Indicadores de Brechas del Sector Transportes y Comunicaciones”, aplicables a las entidades de los tres niveles de gobierno, para la elaboración del diagnóstico de brechas, que se enmarquen en la Responsabilidad Funcional 0015 Transportes y 0016 Comunicaciones;