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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

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92 NORMAS LEGALES Sábado 25 de diciembre de 2021 El Peruano / ordenanza y sus anexos a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL en el Portal institucional www. munilosolivos.gob.pe . POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde ANEXO 5 CONVOCATORIA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES PARA EL CCLD PERIODO 2022 – 2024 CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL CRONOGRAMA Inscripción de organizaciones y delegados 27 de Diciembre 2021 al 10 de enero 2022 Mesa de partes: 8am a 5pm Taller informativo 11 de Enero 2022 Inscripción de candidatos 12 y 13 Enero 2022 Mesa de partes: 8am a 5pm. Jornada Electoral *Municipalidad - Izaguirre 813 23 de Enero 2022 (9.00 a 13.00 horas) Reglamento, cronograma, formatos de inscripción y otros anexos DESCARGAR DE: www.munilosolivos.gob.pe Ordenanza N° 545-CDLO Informes: Gerencia de Participación Vecinal Av. Izaguirre N° 813 – Los Olivos Inscripción, observaciones, tachas y otros según cronograma (Anexo 1) 2024896-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Modifican la Ordenanza N° 196-2011-MDPH que aprobó el Reglamento Interior del Concejo Municipal de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 438-MDPH Punta Hermosa, 3 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA;En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 06 de diciembre de 2021, el Informe Nº 056-2021-SG-MDPH de fecha 28 de octubre de 2021, emitido por la Secretaría General y el Informe Nº 107-2021-GAJ/MDPH de fecha 26 de noviembre octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, Modi fi cada por la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, dispone que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derecho y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; Que, mediante Ordenanza Nº 196-2011-MDPH de fecha 17 de enero de 2011, se aprobó el Reglamento Interior del Concejo Municipal de Punta Hermosa; Que, mediante Ordenanza Nº 394-MDPH de fecha 09 de agosto de 2019, se modi fi có el artículo 3º de la Ordenanza Nº 196-2011-MDPH, que estipulaba un plazo de cinco (5) días entre la convocatoria y la realización de la Sesión de Concejo, por el plazo de tres (3) días para llevar a cabo la misma, quedando redactado el artículo en la forma siguiente: “Artículo 3º.- Las citaciones a Sesión Ordinaria de Concejo, se realizarán por escrito, con una anticipación no menor de tres (3) días a la fecha de realización de la Sesión de Concejo. (…)”; Que, el cuarto párrafo del artículo 13º Sesiones del Concejo Municipal de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 27 de mayo de 2003, estipula que: “(…) Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de 5 (cinco) días hábiles”; Que, como es de verse, al haberse aprobado la Ordenanza Nº 394-MDPH, se ha trasgredido lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, hecho que ha sido corroborado por el Jurado Nacional de Elecciones – JNE; Que, mediante Informe Nº 056-2021-SG-MDPH de fecha 28 de octubre de 2021, la Secretaría General, dirigiéndose al Gerente Municipal, solicita disponer lo conveniente para que la Gerencia de Asesoría Jurídica de la entidad, emita su opinión legal, para la derogatoria de la Ordenanza Nº 394-MDPH; Que, mediante Informe Nº 107-2021-GAJ/MDPH de fecha 26 de noviembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la modi fi catoria de la Ordenanza Nº 196-2011-MDPH, al contar con asidero normativo; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por el numerales 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 196-2011-MDPH, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 3º de la Ordenanza Nº 196-2011-MDPH que aprobó el Reglamento Interior del Concejo Municipal de Punta Hermosa, quedando redactado de la forma siguiente: “Las citaciones a Sesión de Concejo, se realizarán por escrito, con una anticipación mínima de cinco (05) días a la fecha de realización de la Sesión de Concejo. Las citaciones serán noti fi cadas en el domicilio de cada uno de los miembros del Concejo Municipal, bajo cargo de