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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Sábado 25 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo Tercero.- El texto del presente Decreto será publicado en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, dicho texto, incluido sus anexos, serán publicados en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO el Reglamento que regula el Procedimiento de la Noti fi cación Electrónica de los Actos emitidos por la Administración Tributaria dirigida a los contribuyentes de la jurisdicción de Jesús María, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 015-2020 del 15 de julio de 2020. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS Alcalde 2024956-1 Aprueban Listado de Ubicaciones, Giros y Turnos para la realización de la Actividad Comercial en espacios públicos del Periodo 2022 DECRETO DE ALCALDÍA N° 016-2021-MDJM Jesús María, 21 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTOS, El Informe N° 615-2021-MDJM-GDEL- SGDEC de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, el Memorándum N° 702-2021-MDJM-GDEL de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe N° 568-2021/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 1368-2021-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II del Título Preliminar, expresa que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42 de la citada Ley prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ordenanza Nº 607-MDJM que regula la actividad comercial en los espacios públicos del distrito de Jesús María, establece en el inciso a) de su artículo 8 que es competencia de la municipalidad regular y reglamentar el otorgamiento de las autorizaciones municipales en sus distintas modalidades para el desarrollo de actividades comerciales en la vía pública; Que, el artículo 17 de la norma antes señalada establece que, para otorgar la autorización, la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización realizará una evaluación técnico legal que comprende la evaluación urbana, aforo, ornato, zona rígida y zona de alto riesgo, entre otros criterios técnicos, a fi n de determinar técnicamente los espacios públicos donde se podrá realizar la actividad comercial; Que, sobre el Principio de Celeridad, el Artículo IV, inciso 1, literal 1.9 del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que: “(…) Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando actuaciones procesales que di fi culten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fi n de alcanzar una decisión en tiempo razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento.(…)”; Que, resulta favorable realizar la aprobación del listado de ubicaciones con los giros y turnos correspondientes para la realización de la actividad comercial en espacios públicos del periodo 2022, con la fi nalidad dotar de celeridad a los procedimientos administrativos; Contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Desarrollo Económico Local; con el pronunciamiento legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Listado de Ubicaciones, Giros y Turnos para la realización de la actividad comercial en espacios públicos del periodo 2022, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Jesús María el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del mismo, incluido su anexo, en el portal institucional: www.munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 2024962-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 162-2021/MDLM La Molina, 10 de diciembre del 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINAVISTO; El Informe N° 013-2021-MDLM-GGRDDC, de fecha 22 de junio del 2021, de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, el Informe N° 157-2021-MDLM-GAJ, de fecha 03 de diciembre del 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, con los cuales, la Gerencia Municipal mediante el Memorando N° 1445-2021-MDLM-GM, de fecha 09 de diciembre del 2021, solicita la emisión de una Resolución de Alcaldía que apruebe la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo primero de la Resolución de Alcaldía N° 040-2020/MDLM, de fecha 31 de enero del 2020, se aprobó la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina, la misma que