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90 NORMAS LEGALES Sábado 25 de diciembre de 2021 El Peruano / actores; y, proponer normas relativas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en su respectiva jurisdicción; Que, mediante la Ordenanza N° 411/MDLM, se aprobó la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, en el cual aparece en el artículo 84°, la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil como órgano de línea, con las funciones que corresponden a la Gestión del Riesgo de Desastres de acuerdo a la normativa antes glosada, dejando de existir la unidad de organización denominada Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, que formaba parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en el cual el funcionario de dicha unidad de organización estaba consignada en la Resolución de Alcaldía N° 040-2020-MDLM, como Secretario Técnico; Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente, la Resolución de Alcaldía N° 040-2020/MDLM, no se encuentra actualizada con respecto a la denominación del funcionario de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, como miembro integrante del Grupo de Trabajo, en la condición de Secretario Técnico; Que, de acuerdo al artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, la Plataforma de Defensa Civil Distrital (PDCD), es un espacio permanente de participación, coordinación y convergencia de esfuerzos e integración de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en caso de desastres, y forma parte del Sistema Regional de Defensa Civil (SIREDECI). La Plataforma de Defensa Civil Distrital está presidida por el Alcalde, los integrantes se designan bajo las formas, plazos y condiciones establecidas en la normatividad aplicable, y se reúnen al menos una vez por semestre; Que, de acuerdo al literal h) del artículo 85° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, son funciones de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, ejercer la Secretaría Técnica de la Plataforma de Defensa Civil Distrital (PDCD); Que, de acuerdo al subnumeral 6.1.3 del numeral 6.1, del punto VI Disposiciones Generales, de los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM, se establece quienes son los integrantes de la Constitución de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital (PDCD) con el siguiente detalle: • La Secretaría Técnica de la PDCD será asumida por el Jefe de la O fi cina de Defensa Civil, o quien haga sus veces. • Participan de forma obligatoria los titulares o representantes con poder de decisión de organizaciones sociales, debidamente reconocidas, que contribuyan a la Gestión Reactiva, por ejemplo: organizaciones de base, religiosas, comunitarias, entre otras. • Representantes de las organizaciones humanitarias y organismos no gubernamentales, vinculadas a la Gestión del Riesgo de Desastres – GRD. • Representantes titulares de las entidades públicas, privadas y otras vinculadas a la Gestión Reactiva. • Representantes de las organizaciones de los voluntariados regionales, acreditados de acuerdo a los mecanismos establecidos por el INDECI. • Representantes de las entidades de primera respuesta, de acuerdo a Ley; Que, de acuerdo a la propuesta de la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Secretario Técnico de la precitada plataforma sería la unidad de organización en mención, tal como lo señala el literal h) del artículo 85° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina; asimismo, se propone incorporar al representante de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Ate, a la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina, en calidad de miembro, lo cual concuerda con lo establecido en el subnumeral 6.1.3 del numeral 6.1, del punto VI Disposiciones Generales de los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM; Que, estando a los considerandos señalados precedentemente, se encuentra viable la modi fi cación de la Resolución N° 040-2020-MDLM, por la reconformación, debido al cambio normativo del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina y por la incorporación del Representante de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Ate a la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de La Molina, por lo tanto, resultaría atendible la emisión de la Resolución de Alcaldía solicitada; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, es competencia del Alcalde emitir el acto administrativo de Resolución de Alcaldía con sujeción a la Ley; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina, la cual está constituida de la siguiente manera: PRESIDENTE: • Alcalde de la Municipalidad de La Molina. SECRETARIO TÉCNICO: • Gerente de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil. INTEGRANTES – REPRESENTANTES: • El (la) Teniente Alcalde. • Gerente Municipal. • Representante del Ministerio del Interior – Subprefecto (a) del Distrito. • Representante de la Comisaría de La Molina. • Representante de la Comisaría Santa Felicia. • Representante de la Comisaria Las Praderas. • Representante del Ejército del Perú. • Representante de la Fuerza Aérea del Perú. • Representante de la Compañía de Bomberos de La Molina N° 96 del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. • Representante del Ministerio de Salud – Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima – Este. • Representante de la Defensoría del Pueblo. • Representante del Ministerio Público. • Representante de las empresas de Telecomunicaciones (Telefónica del Perú SAA, América Móvil del Perú SAC y Entel Perú S.A). • Representante de la empresa Luz del Sur. • Representante de la empresa SEDAPAL. • Representante de la empresa CALIDDA Gas Natural del Perú. • Representante de la Iglesia – Párroco de la Iglesia Nuestra Señora de la Reconciliación, • Representante de la Cruz Roja Peruana. • Representante de la UGEL N° 06 – Ate Vitarte. • Representante de las Juntas Vecinales de los Sectores del Distrito de La Molina. • Representante de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Ate. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 040-2020-MDLM, de fecha 31 de enero del 2020, que aprobó la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución a los integrantes de la Plataforma de