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47 NORMAS LEGALES Martes 12 de enero de 2021 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e incentivos por pronto pago para el Ejercicio Fiscal 2021 ORDENANZA N° 361/MLV La Victoria, 11 de enero de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL,en sesión ordinaria virtual del 11 de enero de 2021. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales;de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; y, Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modi fi cados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, en ese sentido el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente; así como, en el Artículo 74º de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fi je la Ley; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; asimismo, el Artículo 41º de la misma norma legal indica que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, esta entidad es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de impuesto predial y por arbitrios municipales, conforme se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales emitidas por esta entidad Edil; Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de sus contribuyentes y una manera efectiva de hacerlo es a través de descuentos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos contenidos en el Sistema de Administración; en tal sentido, es oportuno otorgar bene fi cios tributarios al pago de los tributos, como una estrategia tendiente a disminuir la morosidad e impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito; Que, mediante Informe Nº139-2020-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria pone en conocimiento el Informe Nº 085-2020 -SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva en la cual mani fi esta la viabilidad a la propuesta de Ordenanza que establece los incentivos por el pronto pago de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2021, toda vez que la misma se encuentra dentro del marco legal; Que, por Memorándum N°002-2021-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe N°002-2021-SGPYM-GPPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Modernización opinan favorablemente por la Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales; toda vez que se ha veri fi cado que la propuesta de la Ordenanza se encuentra acorde al Plan Estratégico Institucional 2018-2023; Que, mediante Informe Nº001-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la Ordenanza que establece los incentivos por el pronto pago de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2021, toda vez que la misma se encuentra dentro del marco legal; Estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores miembros del Concejo asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 11 de enero de 2021 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2021 Artículo 1º.- Objeto y fi nalidad. Establecer las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2021; así como el régimen de incentivos por el pronto pago de dichos tributos. Artículo 2º.- Vigencia. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3º.- Acogimiento. Podrán acogerse todos los contribuyentes del Distrito de La Victoria que tengan tributos generados para el ejercicio 2021. Artículo 4º.- Fechas de vencimiento. Establézcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2021, de acuerdo al siguiente cronograma. TRIBUTO Y MODALIDAD DE PAGO FECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2020 Impuesto Predial Anual 27 de febrero de 2021 Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Trimestralmente) Primer Trimestre 27 de febrero de 2021 Segundo Trimestre 31 de mayo de 2021 Tercer Trimestre 31 de agosto de 2021 Cuarto Trimestre 30 de noviembre de 2021