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42 NORMAS LEGALES Martes 12 de enero de 2021 / El Peruano la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; HA APROBADO POR UNANIMIDAD LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.– APROBAR, el Código de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, el mismo que consta de 22 artículos, divididos en cuatro capítulos y dos disposiciones fi nales. Articulo Segundo.– ENCARGAR, a la Comisión de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad para que en el plazo de 60 días hábiles, elabore y presente la propuesta de Reglamento del Código de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, el mismo que deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional, en mérito a lo establecido en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con lo establecido en la Primera Disposición Final del Código de Ética. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad (www.regionlalibertad.gob.pe). Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil veinte. GRECO QUIROZ DIAZ PresidenteConsejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad 4 de enero del 2021 MANUEL FELIPE LLEMPÉN CORONEL Gobernador Regional CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Aplicación. Las disposiciones del presente Código se aplicarán a todos los Consejeros y Consejeras Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad. Artículo 2º.-De fi nición y Finalidad. - El presente Código de Ética del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, es una guía que inspira el comportamiento ético de los Consejeros y Consejeras Regionales y tiene por fi nalidad establecer las reglas de conducta que los Consejeros y Consejeras Regionales deben observar en el desempeño de sus funciones, debiendo proyectar una buena imagen de acuerdo a su investidura, ser ejemplo de vocación de servicio y compromiso con los valores que fundamentan el Estado Democrático de Derecho, ante la población de nuestra Región, así como de transparencia de su gestión como Consejero o Consejera Regional y miembros del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad. Asimismo, este Código establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que deben observar los Consejeros y Consejeras Regionales en el ejercicio de su cargo, cuyo incumplimiento será considerado como una infracción pasible de una sanción, conforme al procedimiento de investigación previsto en el presente documento normativo. Artículo 3º.- Conceptos Básicos:Concepto de ética. Para efectos del presente Código, se debe entender por ética la adecuación de las conductas y acciones humanas a los dictados de la razón. Concepto de ética social. Para efectos del presente Código, se debe entender por ética social, la adaptabilidad de los actos humanos al bien común, entendiendo a éste como el bien, no de unos o de la mayoría sino el bien de todos. Concepto de ética profesional. Para efectos del presente Código, se debe entender por ética profesional, la correspondencia del ejercicio de una profesión determinada con los principios del bien común. Concepto de moral. Para efectos del presente Código, se debe entender por moral el conjunto de apreciaciones y contenidos y valores aprehendidos y compartidos por la sociedad, que rigen nuestra conducta pública y privada. Concepto de valores sociales. Para efectos del presente Código, se debe entender por valores sociales la apelación a supuestos de seguridad, justicia, solidaridad, igualdad, paz y libertad. Concepto de valores de la democracia. Para efectos del presente Código, se debe entender por valores de la democracia, la apelación a principios de racionalidad, moralidad, igualdad, seguridad y libertad. Concepto de IntegridadPara efectos del presente Código se debe entender por integridad, el uso adecuado de los fondos, recursos, activos y atribuciones en el sector público, para los objetivos o fi ciales para los que se destinaron y con adhesión a valores éticos, principios y normas destinadas a proteger, mantener y priorizar el interés público sobre los intereses particulares. Concepto de Con fl icto de Intereses Para efectos del presente Código, se debe entender por con fl icto de intereses la situación o estado de cosas de riesgo razonable para el interés general confi ado a un servidor, que surge porque éste mantiene, concurrentemente, legítimos intereses personales de origen privado (familiares, amicales, económicos, sociales, partidarios) que podrían generar un incentivo para favorecerlo (desvío de poder) o, cuando menos, podría afectar la objetividad del criterio para adoptar la decisión que le compete. Concepto de corrupción. Para efectos del presente Código, se debe entender por corrupción el mal uso del poder público o privado para obtener un bene fi cio indebido; económico, no económico o ventaja directa o indirecta; por agentes públicos, privados o ciudadanos; vulnerando principios y deberes éticos, normas y derechos fundamentales. CAPITULO II: PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ÉTICAS DE LOS CONSEJEROS Y CONSEJERAS REGIONALES Artículo 4.- Principios Éticos. - Los principios éticos del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad que regulan la función normativa, fi scalizadora y de representación de los Consejeros y Consejeras Regionales, se fundamentan en los principios rectores de la función pública, así como las políticas públicas y la gestión regional: participación, transparencia, honradez, veracidad, respeto, tolerancia, responsabilidad, bien común, integridad, objetividad y justicia, inclusión,