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21 NORMAS LEGALES Jueves 21 de enero de 2021 El Peruano / 6.3 GDE: Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional o Local, o el órgano que haga sus veces. 6.4 INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual 6.5 OPMI : Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional o Local, o la unidad que haga sus veces. 6.6 PRODUCE: Ministerio de la Producción. 6.7 SIPROCOMPITE : Sistema de Información de las Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva. 6.8 SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. 6.9 UIT: Unidad Impositiva Tributaria. TÍTULO II RECURSOS PROCOMPITE Artículo 7. Recursos para PROCOMPITE7.1 Previamente a la Autorización de PROCOMPITE, mediante Acuerdo de Consejo Regional o de Concejo Municipal, el Gobierno Regional o Local, según sea el caso, determina el importe que será destinado al cofi nanciamiento de los Planes de Negocio que, a su amparo, se presenten. Dicho importe no podrá exceder del 10% de los recursos presupuestados para los gastos destinados a proyectos, con excepción de los recursos provenientes de las fuentes de fi nanciamiento de operaciones o fi ciales de crédito y donaciones y transferencias, y en cumplimiento de la normativa vigente. 7.2 De los recursos antes señalados, el Gobiernos Regional o Local puede destinar hasta el 10% del monto total asignado a cada PROCOMPITE para estudios como: i) priorización de cadenas productivas, ii) evaluación técnica-económica de Planes de Negocio, iii) supervisión de Planes de Negocio y iv) liquidación y cierre de Planes de negocio. 7.3 Los pliegos presupuestales de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales programan los recursos para PROCOMPITE en el Código de Proyecto Genérico 2016766: Iniciativa a la Competitividad y los Códigos Únicos de proyectos generados por PRODUCE. Artículo 8. Categorías de co fi nanciamiento de PROCOMPITE Las categorías de co fi nanciamiento de PROCOMPITE se clasi fi can conforme a lo siguiente: Categoría A: Dirigida a los AEO integrados por un mínimo de diez miembros que desarrollan negocios en cualquiera de las cadenas productivas priorizadas, los cuales pueden acceder a un co fi nanciamiento no menor de S/ 80,000.00 (ochenta mil y 00/100 soles) y no mayor de S/ 160,000.00 (ciento sesenta mil 00/100 soles) por Plan de Negocio. Los AEO aportan una contrapartida total no menor del 20% del monto total del Plan de Negocio, conformada por una contrapartida monetaria no menor del 5%. Categoría B: Dirigida a los AEO en sus diferentes modalidades de organización, constituidos bajo la forma de personas jurídicas que acreditan, al menos, un año de existencia y que desarrollan negocios en cualquiera de las cadenas productivas priorizadas, a fi n de acceder a un monto de co fi nanciamiento no menor de S/ 80,000.00 (ochenta mil y 00/100 soles) y no mayor de S/ 350,000.00 (trescientos cincuenta mil y 00/100 soles) por Plan de Negocio. Los AEO aportan una contrapartida total no menor del 30% del monto total del Plan de Negocio, conformada por una contrapartida monetaria no menor del 10%. Categoría C: Dirigida a los AEO integrados por un mínimo de veinte miembros, que desarrollan negocios en cualquiera de las cadenas productivas priorizadas, que acreditan, al menos, un año de existencia y ventas anuales no menor de 5 UIT y no mayor de 1000 UIT, a fi n de acceder a un monto de co fi nanciamiento no menor de S/ 100,000.00 (cien mil y 00/100 soles) y no mayor de S/ 1 000 000,00 (un millón y 00/100 soles) por Plan de Negocio. Los AEO aportan una contrapartida total, no menor del 50% del monto total del Plan de Negocio, conformada por una contrapartida monetaria no menor del 20%. Artículo 9. Destino del co fi nanciamiento de PROCOMPITE El Gobierno Regional o Local puede co fi nanciar Planes de Negocio que promuevan la competitividad y sostenibilidad de la cadena productiva, mediante el desarrollo, adaptación, mejora o transferencia de tecnología, puede considerar la transferencia de equipos, maquinaria, infraestructura, insumos, materiales y servicios para la gestión e fi ciente de los negocios, sin que afecte el medio ambiente. No se considera la entrega directa de dinero a los bene fi ciarios, ni gastos de operación y mantenimiento de ninguna clase, ni adquisición de terreno. TÍTULO III FASES DE PROCOMPITE Artículo 10. Fases PROCOMPITE se lleva a cabo en tres Fases continuas. Dichas fases son las siguientes: a. Fase de Autorización de PROCOMPITE. b. Fase de Implementación de PROCOMPITE.c. Fase de Ejecución de PROCOMPITE. La GDE es el órgano responsable del desarrollo de las Fases de PROCOMPITE, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. CAPÍTULO I FASE DE AUTORIZACIÓN DE PROCOMPITE Artículo 11. Duración La Fase de Autorización de PROCOMPITE tiene una duración no mayor de dos meses. Inicia con la emisión del Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal de aprobación del presupuesto destinado para PROCOMPITE y culmina con el registro de información de la autorización en el SIPROCOMPITE. Artículo 12. Aprobación del presupuesto Previamente a la Autorización de PROCOMPITE y en base a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 29337, Ley que Establece Disposiciones para Apoyar la Competitividad Productiva, mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, el Gobierno Regional o Local, según corresponda, aprueba el monto total para el fi nanciamiento de las Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva, previo informe de sustento de la GDE que contenga como mínimo, la conformidad del monto presupuestal de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, el destino y distribución de recursos y las potenciales cadenas productivas a ser priorizadas. Artículo 13. Priorización de Cadenas Productivas13.1 La GDE o quien haga sus veces del Gobierno Regional o Local elabora el Informe de Priorización de Cadenas Productivas para presentarlo a la OPMI de su respectiva entidad. La priorización puede ser posterior a la aprobación del presupuesto y detalla; el ámbito y diagnóstico del área de in fl uencia, identi fi cación y priorización de cadenas productivas, análisis de AEO, programación de actividades y presupuesto, análisis costo bene fi cio, entre otros; se enmarca en el Plan de Desarrollo Concertado e Instrumentos de Plani fi cación sectoriales vinculados al cierre de brechas y alineado a las políticas nacionales. 13.2 El Informe de Priorización de Cadenas Productivas tiene un enfoque multianual de tres años. El Gobierno Regional o Local tiene la facultad de actualizarlo antes del término del período multianual, o cuando lo considere pertinente. 13.3 El Gobierno Local puede Autorizar PROCOMPITE basado en el Informe de Priorización de Cadenas Productivas realizado por su respectivo Gobierno