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33 NORMAS LEGALES Jueves 21 de enero de 2021 El Peruano / Artículo 4.- Designar, a partir de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, al señor José Antonio Neira Reymer, Director de la Dirección de Catastro, como responsable de la Unidad Ejecutora 001 – 1017: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, a que se re fi ere la Resolución Directoral N° 041-2020-COFOPRI/DE. Artículo 5.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto realizar las gestiones pertinentes ante la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el registro en el Banco de Inversiones de las designaciones dispuestas en los articulo 3 y 4 de la presente resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y encargar a la O fi cina de Sistemas su publicación en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.gob.pe/cofopri) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese. SAUL FERNANDO BARRERA AYALA Director Ejecutivo 1921287-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19” versión 3 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000006-2021-SERVIR/PE Lima, 19 de enero de 2021Visto; el Informe Técnico Nº 00004-2021-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado con la fi nalidad de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, estableciéndose que en el caso de los centros laborales públicos y privados se deben adoptar medidas de prevención y control sanitario para evitar la propagación del COVID-19, debiendo las instituciones públicas, entre otros actores, coadyuvar en la implementación de lo dispuesto en dicha norma y de las disposiciones complementarias que se emitan. Este plazo ha sido sucesivamente prorrogado por los Decretos Supremos N° 020, 027 y 031-2020-SA; Que, el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, en el artículo 16 regula la fi gura del Trabajo Remoto, que se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita; Que, con Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, se aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”, cuya Segunda Disposición Complementaria Final establece que la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR emita la normativa complementaria que corresponda, en el marco de sus competencias, para la mejor aplicación de lo dispuesto en los referidos Lineamientos; Que, el literal c) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y modi fi catorias, señala que SERVIR, en su condición de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, tiene como atribución: “Establecer metodologías, procedimientos e instrumentos que deben aplicar o utilizar las entidades”; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, y modi fi catorias, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos es el órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas de gestión de los recursos humanos, mediante el desarrollo y fortalecimiento de capacidades de las O fi cinas de Recursos Humanos y el desarrollo de herramientas que contribuyan al proceso de implementación, y tiene por función diseñar y desarrollar procedimientos, mecanismos y herramientas para la implementación de las políticas de gestión de los recursos humanos; Que, en atención a dicha habilitación normativa, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000030-2020-SERVIR-PE se aprobó, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19”. Asimismo, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000077-2020-SERVIR-PE se aprobó, por delegación, su versión 2; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 184- 2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM, establece que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales dentro del ámbito de sus competencias y en permanente articulación, continuarán promoviendo y/o vigilando un conjunto de prácticas saludables y actividades necesarias para afrontar la emergencia sanitaria, de acuerdo a las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria Nacional, en lo que corresponda; Que, mediante el documento de visto la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, mani fi esta que, como consecuencia de la emisión y modi fi cación de las normas vinculadas a la referida guía, se hace necesaria su adecuación y actualización. De igual manera indica que resulta necesaria la aprobación de la actualización de la guía propuesta – versión 3, con el fi n de actualizarla y facilitar que todas las o fi cinas de recursos humanos puedan contar con lineamientos de trabajo actualizados en el desarrollo de sus procesos críticos de recursos humanos, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por covid-19; Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión Nº 017-2017, del 20 de julio de 2017, aprobó la delegación de funciones a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR, entre otros, para la aprobación de Manuales y Guías que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, acto que se formalizó mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 140-2017-SERVIR-PE; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;