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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2021 (31/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 31 de enero de 2021 El Peruano / Que, el literal k) del artículo 12 del ROF del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027- 2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785 y modi fi catoria; en el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi catoria; y con las visaciones de la Directora General de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de los Directores Generales de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la segunda transferencia fi nanciera del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, hasta por la suma de S/ 56 301.00 (cincuenta y seis mil trescientos uno y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para fi nanciar la transferencia que equivale al 50% restante de la retribución económica, que incluye el impuesto general a las ventas, destinada a la cancelación para la contratación y pago de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría fi nanciera de la institución correspondiente al periodo 2020. Artículo 2.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto institucional 2020 del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de gasto 2.4.1: Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1: A Otras Unidades de Gobierno Nacional, y Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- PRECISAR que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- DISPONER que la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en el ámbito de su competencia, es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa). Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 1924312-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO N° 014-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, en el Año Fiscal 2021, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “PROYECTO CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA”, con código único de inversiones 2077997, en el marco del convenio que ambas entidades suscriben, las cuales se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad; debiendo ser publicado hasta el 31 de enero de 2021; Que, mediante los O fi cios N°s. 027-2021-GRLL- GOB y 0103-2021-GRLL-GOB, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión “Proyecto Chavimochic Tercera Etapa”, con código único de inversiones 2077997, en el marco de lo establecido en la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N°s 003-2021-GRLL-GOB-GGR/GRP y 007-2021-GRLL-GOB-GGR/GRP, de la Gerencia Regional de Presupuesto del citado Gobierno Regional, con los respectivos sustentos, así como el Convenio suscrito entre las entidades antes mencionadas, para lo cual remite una propuesta de Decreto Supremo. Asimismo, con el O fi cio N° 00034-2021-GRLL-GGR/GRP remite el Anexo de la propuesta de Decreto Supremo; Que, mediante el Memorando N° 0023- 2021-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0019-2021-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones remite información respecto al Proyecto de Inversión “PROYECTO CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA”; Que, mediante el Memorando N° 075-2021-EF/52.06, la Dirección General del Tesoro Público informa respecto a la disponibilidad de recursos para la ejecución del Proyecto de Inversión “PROYECTO CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA”; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 129 893 957,00 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 129 893 957,00 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión “PROYECTO CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA”, con código único de inversiones 2077997, en el marco de lo establecido en la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, de acuerdo al siguiente detalle: