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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (11/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 11 de febrero de 2021 / El Peruano de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico, efectué directamente la asignación fi nanciera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo, por el monto que determine el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Resolución Ministerial N° 940-2020- IN, se aprueba la Directiva N° 005-2020-IN, Lineamientos para la Asignación y Ejecución de los Recursos Provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, cuyo objeto es establecer los lineamientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y tiene por fi nalidad garantizar que los recursos de dicho Fondo se trans fi eran a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales solicitantes, con criterios de e fi ciencia, equidad y transparencia, para su aplicación y fi nes establecidos en materia de inversiones, actividades y programas relativos a Seguridad Ciudadana; Que, el numeral 7.4.2 de la referida Directiva establece que, una vez aprobada la lista de inversiones, actividades o programas priorizados por el Comité de Administración de “El Fondo”, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior eleva, a través de la Secretaría General, el proyecto de Resolución Ministerial, propuesto por la O fi cina de Presupuesto, en cuyo contenido se encuentran las referidas inversiones, actividades o programas aprobadas por dicho Comité de Administración; Que, el numeral 7.6.1 del punto 7.6 de la Directiva en cuestión establece que, las inversiones, actividades o programas priorizados previstos en la lista aprobada señalada en el numeral 7.4.2, podrán ser modi fi cados, anulados y/o repriorizados; precisándose que no se requerirá reunión de Comité del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana para la modi fi cación, anulación y/o repriorización de inversiones, actividades o programas de “El Fondo”; agrega que, la modi fi cación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de inversiones, actividades o programas es aprobada mediante Resolución del Ministro del Interior, debiendo esta ser puesta en conocimiento de los demás miembros de “El Fondo”; asimismo, de acuerdo al numeral 8.5 de la Directiva N° 005-2020-IN, la modi fi cación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de proyectos a la que se re fi ere el numeral 7.4.2 de la Directiva, alcanza a todas aquellas inversiones, actividades y programas que cuenten con Resolución de Asignación de Recursos; Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, aprobados por Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, dispone que, la resolución ministerial que aprueba la asignación de recursos del Fondo es remitida a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (hoy, Dirección General de Tesoro Público) a efectos que se proceda a realizar las asignaciones fi nancieras de los recursos a las entidades bene fi ciarias; Que, a través del Memorando N° 000102-2021/ IN/OGIN, sobre la base de lo señalado en el Informe N° 000040-2021/IN/OGIN/UE032/PRESUP, la O fi cina General de Infraestructura sustenta la solicitud de recursos para el fi nanciamiento de la ejecución de los proyectos de inversión: i) “Mejoramiento de la Escuela Técnica Superior de Subo fi ciales de la Policía Nacional del Perú–Tarapoto, en la Provincia de San Martín–San Martín”, con CUI 2235121; y, ii) “Mejoramiento y Ampliación de la O fi cina de Criminalística de la XI Dirección Territorial de Policía–Arequipa”, con CUI 2160780; a tal efecto, propone que se solicite la repriorización de recursos con cargo a los saldos no ejecutados de los proyectos de inversión que al tercer año de haber recibido la asignación de recursos del FESC para su ejecución no han iniciado la ejecución de la obra, por la suma total de S/ 6 702 158,26 (Seis millones setecientos dos mil ciento cincuenta y ocho con 26/100 Soles), según los alcances de la Directiva N° 001-2017/IN “Procedimientos para la ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”, habilitando recursos a los Proyectos de Inversión identi fi cados, con cargo a las rebajas de los recursos asignados del FESC de los Proyectos de Inversión identi fi cados que no serán ejecutados; Que, el numeral 35.1 del artículo 35 de la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, señala que, en atención al carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, en aplicación de lo establecido en el numeral 8.5 de la Directiva N° 005-2020-IN, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 000046-2021/IN/OGPP/OPMI y Memorando N° 000003-2021/IN/OGPP/OPMI propone la repriorización de recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC), por un monto total de S/ 6 702 158,00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100), a favor de los proyectos de inversión: i) “Mejoramiento y Ampliación de la Ofi cina de Criminalística de la XI Dirección Territorial de Policía–Arequipa” con CUI 2160780, por el importe de S/ 4 695 605,00; y, ii) “Mejoramiento de la Escuela Técnica Superior de Subo fi ciales de la Policía Nacional del Perú ́– Tarapoto, en la Provincia de San Martín–San Martín con CUI 2235121, por el importe de S/ 2 006 553,00; Que, la repriorización de los recursos provenientes Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 6 702 158,00 (Seis millones setecientos dos mil ciento cincuenta y ocho y 00/100 Soles), ha sido validada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto con Hoja de Elevación N° 000061-2021/IN/OGPP, sustentada en el Informe N° 000065-2021/IN/OGPP/OP, de la O fi cina de Presupuesto y el Informe 000046-2021/IN/OGPP/OPMI y el Memorando N° 000003-2021/IN/OGPP/OPMI, emitidos por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000174-2021/IN/OGAJ señala que, teniendo en cuenta las normas antes glosadas, así como la opinión de las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones y de Presupuesto, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, considera que jurídicamente es viable el proyecto de Resolución Ministerial a través del cual se aprueba la asignación fi nanciera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana a favor de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura del Ministerio del Interior; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Infraestructura, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido por el Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto de Urgencia N° 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; la Resolución Ministerial N° 940-2020-IN, se aprueba la Directiva N° 005-2020-IN, Lineamientos para la Asignación y Ejecución de los Recursos Provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y, la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación fi nanciera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 6 702 158,00 (SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura del Ministerio del Interior, de conformidad con el anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 2.- Limitación del uso de los recursos Los recursos asignados por el artículo 1 de la