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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (11/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 11 de febrero de 2021 / El Peruano Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que viene desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y encargar dichas funciones hasta que se designe a su Titular; En uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINA GRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, la renuncia efectuada por la Ingeniera Agrónoma Katia Amalia Valer Jaime, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 10 de febrero de 2021. Artículo 2.- ENCARGAR a partir del 11 de febrero de 2021, al señor CARLOS ALBERTO MILLER MALPARTIDA, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de confi anza, en adición a las funciones que viene desempeñando hasta que se designe a su Titular. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva 1927053-1 Designan Sub Directora de la Sub Dirección de Acceso a Mercados y Servicios Rurales de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 031-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 9 de febrero de 2021 VISTO:El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por el Sub Director de la Sub Dirección de Acceso a Mercados y Servicios Rurales de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 016-2021-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE, se designó a partir del 18 de enero de 2021, al señor Luis Manuel Vargas Gutiérrez, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Acceso a Mercados y Servicios Rurales de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la designación en mención, y se proceda a la designación de su reemplazante; De conf ormidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINA GRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor Luis Manuel Vargas Gutiérrez, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Acceso a Mercados y Servicios Rurales de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 10 de febrero de 2021. Artículo 2.- DESIGNAR a partir del 11 de f ebrero de 2021, a la señora KATIA AMALIA VALER JAIME en el cargo de Sub Directora de la Sub Dirección de Acceso a Mercados y Servicios Rurales de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agra rio Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva 1927053-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban el “Cronograma de Pagos del año 2021 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000011-2021-PENSION65-DE San Isidro, 8 de febrero del 2021VISTO: El Informe N° D000004-2021-PENSION65-UO, emitido por la Unidad de Operaciones y el Informe N° D000004-2021-PENSION65-UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la fi nalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, estableciendo en su artículo 9° literal h) que la Dirección Ejecutiva tiene como función aprobar, modi fi car y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas y administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo a las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS; Que, mediante Resolución Directoral N° 078-2019-MIDIS/P65-DE, de fecha 06 de agosto de 2019, se aprueba la Directiva de Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, la cual fue modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 162-2019-MIDIS/P65-DE, de fecha 20 de diciembre de 2019, la misma que en su numeral 6.4 señala “(…) La Coordinación de Transferencias y Pagaduría deberá establecer un