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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (12/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 12 de febrero de 2021 El Peruano / 000007-2020-DRBM-VRM/MC y N° 000032-2021-DRBM/ MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de once bienes muebles como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme se detalla en los informes técnicos citados; Que, los once lienzos de Miguel Cabrera reúnen un alto grado de valor artístico, histórico y social. Se reconoce su importancia como testimonio de las relaciones comerciales desarrolladas entre los virreinatos desde el siglo XVI, principalmente entre el Virreinato del Perú y el Virreinato de Nueva España cuyas obras pictóricas generaron mucho interés y aceptación en tierras peruanas, llegando a ser masiva la importación de las mismas. De esta manera, no tardó en darse el proceso de apropiación e identidad para con las obras recibidas, constituyendo hoy parte del legado artístico de nuestro pasado virreinal. A esto se suman las cualidades artísticas de los once lienzos que en grandes formatos representan la vida pública de Jesús. Su autoría le pertenece a Miguel Mateo Maldonado y Cabrera, nacido aproximadamente a fi nes del siglo XVII en Antequera, Valle de Oaxaca, México, considerado como uno de los pintores más representativos del siglo XVIII por la maestría en la ejecución de su técnica, estilo y composición, destacando el empleo de los colores donde predomina el azul y el verde; y el notable tratamiento de los rostros dulces y expresivos. Finalmente, se identi fi ca su relación con la historia de la Orden Terciaria Franciscana, hoy llamada Orden Franciscana Seglar San Francisco de Jesús de Lima Provincia de los Doce Apóstoles del Perú quien recibió las obras en calidad de donación de manos de Matías Maestro en 1808, pinturas que desde entonces fueron acogidas en la Casa de Ejercicios de la Orden, formando parte de su valiosa colección de bienes culturales muebles. La recuperación y repatriación de las obras constituyen un logro para la restitución del legado patrimonial peruano; Que, se identi fi ca su importancia histórica por su asociación a la Orden Franciscana Seglar San Francisco de Jesús de Lima Provincia de los Doce Apóstoles del Perú, que encuentra su origen en la orden seglar fundada por san Francisco de Asís en el siglo XIII. Asimismo, se reconoce su condición de testimonio de las relaciones comerciales desarrolladas entre los virreinatos, principalmente con Nueva España, dentro del contexto histórico del siglo XVI al XVIII; Que, se identi fi ca su valor artístico en la calidad expresiva, compositiva y técnica de las obras que narran la vida pública de Jesús, cuya autoría recae en el pintor novohispano Miguel Mateo Maldonado y Cabrera, considerado como uno de los más representativos pintores del siglo XVIII; Que, se identi fi ca su signi fi cancia social en la recuperación, repatriación y devolución de las obras al acervo cultural de la Nación, las mismas que constituyen parte del legado patrimonial peruano recibido de nuestro pasado virreinal; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de once lienzos como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Museos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a once bienes muebles de propiedad de la Orden Franciscana Seglar San Francisco de Jesús de Lima Provincia de los Doce Apóstoles del Perú, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección General de Museos, la coordinación y gestiones que tiendan a la protección, conservación y difusión de los bienes muebles declarados en el artículo anterior, conforme a lo establecido en el marco legal vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1927092-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 069-2021-DE Lima, 10 de febrero de 2021VISTOS:El O fi cio N° 0391/51 de la Secretaría del Comandante General de la Marina; el O fi cio N° 00163-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y, el Informe Legal N° 000115-2021-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano es miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) desde el año 1968, situación que coloca al país en una posición privilegiada para velar por los intereses marítimos y portuarios en el referido organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), considerando el gran esfuerzo que se viene desarrollando para la promoción y desarrollo de inversiones marítimas y portuarias en bene fi cio de la integración nacional y de las exportaciones peruanas; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, prescribe entre las modalidades de viajes la de Comisión Especial en el Exterior, cuando se tenga que designar a personal militar en actividad o retiro o personao civil en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2021-DE, se designó al Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 1 de febrero de 2021 al 31 de enero de 2023; Que, el artículo 2 del dispositivo legal citado en el considerando precedente establece que el Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la designación, sin incrementar el número de