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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (12/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 12 de febrero de 2021 / El Peruano días establecidos ni variar el objeto de la designación; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 009-2021/ AS-DGE, el Jefe de la División de Asesoría Jurídica de la Dirección de Administración de Personal de la Marina informa que la designación del citado O fi cial permitirá participar activa y proactiva en las reuniones del Comités, Sub Comités, y Grupos de Trabajo en los que se tratan temas de interés en asuntos marítimos del Estado Peruano y de la Autoridad Marítima Nacional; asimismo, considera viable autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, a partir del 14 de febrero de 2021 al 13 de febrero de 2023; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero de 2021, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 227/51, el Director General del Personal de la Marina solicita al Comandante General de la Marina se gestione la Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, mediante O fi cio Nº 0391/51, la Secretaría del Comandante General de la Marina solicita al Ministerio de Defensa la autorización de viaje, en Comisión Especial en el Exterior, del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, como Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 14 de febrero de 2021 al 13 de febrero de 2023; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero de 2021; Que, de acuerdo con el Documento N° 016-2021 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirán el total de los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéros internacionales, compensación extraordinaria por servicios en el extranjero y gastos de traslado se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 14 de febrero al 31 de diciembre de 2021, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y para completar el período de duración de la comisión especial en el exterior, a partir del 1 de enero de 2022 al 13 de febrero de 2023, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;Que, a través del O fi cio Nº 00163-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico Nº 036-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión técnica favorable a la autorización del viaje, en Comisión Especial en el Exterior, del referido O fi cial Superior; Que, mediante el Informe Legal Nº 00115-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en Comisión Especial en el Exterior, del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA ROSAS, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI), resulta legalmente viable, conforme a la normativa sobre la materia; asimismo, teniendo en cuenta que el O fi cial asumirá el cargo a partir del 14 de febrero de 2021, resulta legalmente viable variar la fecha de inicio y término de la designación dispuesta a través de la Resolución Suprema N° 004-2021-DE, estableciendo como nuevo período de designación del 14 de febrero del 2021 al 13 de febrero de 2023; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modi fi catoria; el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Variar la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema 004-2021-DE, y establecer como nuevo período de designación del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 14 de febrero de 2021 al 13 de febrero de 2023. Artículo 2.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Navío SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, CIP N° 01801818 y DNI N° 43384041, como Representante Permanente Alterno ante la Organización Marítima Internacional (OMI), en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 14 de febrero de 2021 al 13 de febrero de 2023; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero de 2021. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) US$. 2 100,00 x 4 personas (titular, esposa e hijos) US$. 8 400,00 ---------------------TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 8 400,00 Gasto de Traslado (ida): (equipaje, menaje e instalación) £. 8 455,21 x 2 compensaciones £ 16 910,42Compensación Extraordinaria Por Servicio en el Extranjero: