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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (17/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de febrero de 2021 / El Peruano Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través de la Ley N° 31084 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00034-2021-PRODUCE, de fecha 29 de enero de 2021, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Administración mediante los Memorandos N° 119-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA y N° 094-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA, de fecha 11 de febrero de 2021 y 28 de enero de 2021, respectivamente solicitó la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando los Memorandos N° 004-2021-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.UM y N° 009-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, emitidos por la Unidad de Monitoreo, mediante los cuales, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM y Fondo MIPYME; indicando la citada Unidad de Monitoreo que, se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 018-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, de fecha 11 de febrero de 2021, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 10 678 908,47 (Diez millones seiscientos setenta y ocho mil novecientos ocho y 47/100 soles) que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento: 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 9 652 225,93 (Nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos veinticinco y 93/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias, por el monto de S/ 964 776,36 (Novecientos sesenta y cuatro mil setecientos setenta y seis y 36/100 soles) y de la fuente 5. Recursos Determinados, por el monto de S/ 61 906,18 (Sesenta y un mil novecientos seis y 18/100 soles); Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos según el siguiente detalle: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; para co fi nanciar los desembolsos de: i) 08 Proyectos del Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos - Mipyme Productiva Categoría 1 - ADTC1; ii) 84 Proyectos del Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos - Mipyme Productiva Categoría 2 - ADTC2; iii) 03 Proyectos de Atracción de Emprendedores del Exterior - AEEI; iv) 62 Proyectos del Concurso de Becas para Cursos Virtuales en el Extranjero - BCE; v) 01 Proyecto del Concurso Proyectos Colaborativos de Innovación – Categoría 1 -CPCC1; vi) 02 Proyectos del Concurso Innovemos - IVE; vii) 38 Proyectos de Mipyme Digital - MD; viii) 09 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual - PIEC 1; ix) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 – Reto InnovaCovid – PIECOV; x) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2 Individual - PIEC 2 y xi) 01 Proyecto del Concurso Reconociendo la Innovación- RIV b) Fondo MIPYME; para co fi nanciar el desembolso de 04 Proyectos Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 PDPC2 ,y, c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; para co fi nanciar el desembolso de: i) 06 Proyecto del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales - CMCEI; ii) 04 Proyectos de Innovación para Microempresas – PIMEN y iii) 01 Proyecto de Concurso de Mejora de Calidad Agrupada; Que, mediante proveído de fecha 11 de febrero de 2021, la Coordinadora Ejecutiva solicita al jefe de la Unidad de Administración que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito en los párrafos precedentes; Que, mediante Informe N° 22-2021-PRODUCE- INNÓVATEPERÚ.UA.AL, el Área de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Coordinación Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, y previa veri fi cación presupuestal por la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable; Que, además de lo mencionado, mediante Memorando N° 004-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, la Unidad de Monitoreo solicita se deje sin efecto la inclusión del Contrato N° 425-20 (ADTC2) en la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 601-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ, toda vez que existió un error material en la fi rma, lo cual, impidió la ejecución del desembolso; en mérito a ello, el Área de Asesoría Legal señala que, es procedente modi fi car el artículo 1 de la citada resolución, conforme el marco legal aplicable; disminuyendo el monto de S/ 4 087 262,07 (Cuatro millones ochenta y siete mil doscientos sesenta y dos y 07/100 soles) a S/ 4 036 466,67 (Cuatro millones treinta y seis mil cuatrocientos sesenta y seis y 67/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 317-2014-PRODUCE, N° 178-2019-PRODUCE y N° 00034-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 10 678 908,47 (Diez millones seiscientos setenta y ocho mil novecientos ocho y 47/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito por el monto de S/ 9 652 225,93 (Nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos veinticinco y 93/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 964 776,36 (Novecientos sesenta y cuatro mil setecientos setenta y seis y 36/100 soles) y 5. Recursos Determinados por el monto de S/ 61 906,18 (Sesenta y un mil novecientos seis y 18/100 soles), respectivamente destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2.- Modi fi cación de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 601-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ y su Anexo Único. Dejar sin efecto la inclusión del Contrato N° 425- 20 (ADTC2) como bene fi ciario de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 601-2020-PRODUCE/