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17 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de febrero de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Ajuste de la Tarifa Tope para las Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado; y en consecuencia, establecer el nivel de dicha Tarifa Tope en S/ 0,0006 por segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Artículo 2.- La presente resolución se aplica al respectivo servicio regulado comprendido en el artículo anterior, que es prestado por la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. en áreas urbanas, quien puede establecer libremente las tarifas que aplicará por dicho servicio, sin exceder la tarifa tope vigente y sujetándose a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas. Artículo 3.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución, será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas y en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobados por el OSIPTEL. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General, disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, conjuntamente con la Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio, sean noti fi cadas a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y se publiquen en el Portal Institucional (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe) Artículo 5.- La presente resolución entrará en vigencia al segundo día calendario siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1 Publicada en el Diario O fi cial El Peruano del 28 de diciembre de 2011. 2 Publicada en el Diario O fi cial El Peruano del 6 de mayo de 2012. 1927992-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Gerenta de Recursos Humanos del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000019-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 15 de febrero del 2021VISTOS:Los Informes N° 000066-2021-GRH/INDECOPI, N° 000069-2021-GEL/INDECOPI, N° 000024-2021-GEG/INDECOPI, el Acuerdo Nº 020-2021 y el Informe Nº 000138-2021-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 2009-PCM y modi fi cado los Decretos Supremos Nº 107- 2012-PCM y N° 099-2017-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, la designación y remoción de los gerentes de la Institución; Que, de conformidad con el último reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de Indecopi, aprobado por Resolución de la Gerencia General N° 004-2021-GEG/INDECOPI, el cargo de Gerente de Recursos Humanos se encuentra clasi fi cado como “empleado de con fi anza”; Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza es de libre designación y remoción; Que, mediante Acuerdo N° 014-2020 del 28 de enero de 2021, el Consejo Directivo del Indecopi acordó aceptar la renuncia presentada por la señora Martha Ynes Aguirre Abensur al cargo de Gerente de Recursos Humanos, encontrándose vacante dicho cargo; Que, el Consejo Directivo del Indecopi, mediante Acuerdo N° 020-2021 del 11 de febrero de 2021, aprobó la designación de la señora Delia Inés Rosario Mejía Sandoval como Gerente de Recursos Humanos; Que, considerando la naturaleza del puesto, el mismo que se encuentra clasi fi cado como “empleado de confi anza”, la designación culminará con el retiro de la confi anza otorgada; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia Legal, y; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y el literal h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, el literal h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modi fi catorias, y el artículo 6° de la Ley N° 27594; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Delia Inés Rosario Mejía Sandoval en el cargo de con fi anza de Gerenta de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, con efectividad al 16 de febrero de 2021. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos de la Institución que noti fi que a la señora Delia Inés Rosario Mejía Sandoval la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo 1928281-1 Designan Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000025-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 15 de febrero de 2021 VISTOS: El Memorándum Nº 000176-2021-GRH/INDECOPI y el Informe Nº 000129-2021-GEL/INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que, a fi n de conducir el procedimiento administrativo disciplinario, las autoridades de los órganos instructores cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica, la misma que puede estar compuesta por uno o más servidores;