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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (18/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 18 de febrero de 2021 / El Peruano EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando N° 119-2021-GM-MDS de fecha 11 de febrero de 2021 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 011-2021-GAJ-MDS de fecha 11 de febrero de 2021 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 010-2021-GR-MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe N° 042-2021-SGFT-GR-MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe N° 018-2021-SGEC-GR-MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través de la Ordenanza N° 473-MDS, se aprobó los descuentos por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2021. Del mismo modo, la Cuarta Disposición Final de la citada norma, señala que el señor Alcalde se encuentra facultado para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como la prórroga de la misma; Que, en ese sentido mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2021-MDS de fecha 29 de enero de 2021, se dispuso prorrogar hasta el día 15 de febrero de 2021, la vigencia de los literales a) y c) del numeral 1, así como, los literales a) y c) del numeral 2 del artículo tercero de la Ordenanza N° 473-MDS; Que, de conformidad con el Informe N° 010-2021-GR- MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe N° 042-2021-SGFT-GR-MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe N° 018-2021-SGEC-GR-MDS de fecha 10 de febrero de 2021 emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva; el Informe N° 011-2021-GAJ-MDS de fecha 11 de febrero de 2021 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; emiten opinión favorable respecto a la prórroga de la vigencia de los literales a), b), c) y d) de los numerales 1 y 2 del artículo tercero de la Ordenanza N° 473-MDS; En uso de las facultades conferidas por los artículos 38° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia del artículo tercero de la Ordenanza N° 473-MDS, en lo referido a los literales a) y c) de los numerales 1 y 2, hasta el 27 de febrero de 2021; así como, los literales b) y d) de los numerales 1 y 2, hasta el 31 de marzo de 2021, por los fundamentos expuestos en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ Alcalde 1928691-1  998 732 784 / 915 248 092 mfarromeque@editoraperu.com.pe msanchez@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL