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10 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2021 / El Peruano Nº Infracción Sanción Calificación Base legal 6Requerir documentación o información que genere o que haya sido expedida por la misma entidad.Mayor a 2 UIT hasta 10 UITGraveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.2 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 7Requerir la presentación de más de dos ejemplares de un mismo documento ante la entidad, salvo que sea necesario noti ficar a otros tantos interesados.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.3 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 8Impedir a los administrados que suministren ellos mismos las fotografías solicitadas o que escojan la empresa en la cual sean obtenidas las fotografías, con excepción de los casos de digitalización de imágenes.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.4 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 9Requerir fotografías personales, salvo para obtener documentos de identidad, pasaporte o licencias o autorizaciones de índole personal o por razones de seguridad nacional y seguridad ciudadana.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.4 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 10Requerir la presentación de documentos de identidad personal distintos al Documento Nacional de Identidad o al carnet de extranjería o pasaporte según corresponda para ciudadanos extranjeros.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.5 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 11Exigir que el administrado recabe sellos de la propia entidad, cuando los mismos deben ser acopiados por la autoridad a cargo del expediente.Mayor a 2 UIT hasta 10 UITGraveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.6 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 12Requerir documentos o copias nuevas, cuando sean presentadas otras (documentos o copias) no obstante haber sido producidos para otra finalidad, salvo que sean ilegibles.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.7 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 13Requerir constancia de pago realizado ante la propia entidad por algún trámite.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 256 (numeral 48.1.8 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444). 14Requerir información o documentación que las entidades de la Administración Pública administren, recaben, sistematicen, creen o posean respecto de los usuarios o administrados que están obligadas a suministrar o poner a disposición de las demás entidades que las requieran para la tramitación de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna, de conformidad con lo dispuesto por ley, decreto legislativo o por Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.Mayor a 2 UIT hasta 10 UITGraveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 (numeral 48.1.10 del artículo 48 del TUO de la Ley 27444) Artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1246. 15Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo, la copia del Documento Nacional de Identidad.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso a) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246. 16Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo las copias de Partida de Nacimiento o de Bautizo cuando se presente el Documento Nacional de Identidad, excepto en los procedimientos donde resulte esencial acreditar la filiación y esta no pueda ser acreditada fehacientemente por otro medio.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso b) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246. 17Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo las copias de Partida de Nacimiento o Certi ficado de Defunción emitidas en fecha reciente o dentro de un periodo máximo.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso c) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246. 18Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo la legalización notarial de firmas, salvo que se exija por ley expresa.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso d) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246. 19Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo copia de la ficha RUC o certi ficado de información registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, salvo las entidades de la Administración Pública ubicadas en zonas que no cuenten con cobertura de acceso a internet.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso e) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246. 20Exigir a los administrados o usuarios, en el marco de un procedimiento o trámite administrativo los certi ficados o constancias de habilitación profesional o similares expedidos por los Colegios Profesionales, cuando dicha calidad pueda ser verificada a través del respectivo portal institucional, salvo las entidades de la Administración Pública ubicadas en zonas que no cuenten con cobertura de acceso a internet.Amonestación hasta 2 UITLeveInciso d) del numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1256 Inciso f) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1246.