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13 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2021 El Peruano / 2/ Incluye acto administrativo o actuación material. En el caso de las infracciones 47 a 50 (incumplimiento de mandatos) de la tabla de graduación, infracciones y sanciones máximas para entidades, se debe considerar este factor.Nota: Se considera el % de la máxima población a nivel de distrito / provincia / región con respecto a la población nacional, según corresponda. Por ejemplo, el distrito de mayor población en el Perú es San Juan de Lurigancho con aproximadamente 1,1 millones de habitantes, lo que representa el 4% de la población nacional (por ello, el factor utilizado para regulación distrital es 1,04). Cuadro 8 FACTOR DE SECTOR ECONÓMICO, SEGÚN ACTIVIDAD 1/ Sector económico Factor de sector económico Salud 1,03 Otros servicios 1,03Alojamiento y restaurantes 1,04 Telecomunicaciones y otros servicios de información1,04 Educación 1,05 Actividades inmobiliarias 1,05 Servicios financieros, seguros y pensiones1,05 Servicios prestados a empresas 1,05 Administración pública y defensa 1,06Agricultura, ganadería, caza y silvicultura 1,06 Transporte, almacenamiento, correo y mensajería1,06 Construcción 1,07 Comercio 1,12 Extracción de petróleo, gas, minerales y servicios conexos1,13 Manufactura 1,15 2 o más sectores 1/2,00 1/ Cuando la materialización de la barrera burocrática denunciada o la materialización que acredita el incumplimiento de mandato de inaplicación de una barrera burocrática declarada ilegal, informada oportunamente, afecta a varios sectores independientemente del giro de negocio que desarrolle el denunciante o informante. • Afectación a personas naturales sin negocio, se considera como criterio únicamente a la población afectada por la aplicación de la barrera burocrática declarada ilegal y/o carente de razonabilidad. El índice de alcance de la barrera para personas se encuentra en el rango de 1.0 a 2.0. Los valores específicos se encuentran definidos en el Cuadro 7 referido al factor población. En caso la barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad afecte tanto a empresas como a personas, se opta por utilizar el factor empresa para hacer el cálculo de la multa por generar una afectación más grave. Este factor debe considerarse también en el caso de las infracciones 47 a 50 (incumplimiento de mandatos) de la tabla de graduación, infracciones y sanciones máximas para entidades. - p = probabilidad de detección , que es entendida como la posibilidad de que el agente infractor perciba que lo pueden detectar, lo cual está asociado a la probabilidad de que el ciudadano afectado denuncie y/o informe la barrera burocrática y/o un incumplimiento de mandato ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas o las Comisiones de las O fi cinas Regionales del Indecopi competentes en la materia y/o sus respectivas secretarías técnicas, o que sea detectada en una investigación previa al inicio de un procedimiento de o fi cio. Es importante diferenciar dicha probabilidad en el caso de disposiciones administrativas, actos administrativos y actuaciones materiales, conforme se detalla en el Cuadro 9.Cuadro 9 FACTOR p EN MATERIA DE BARRERAS BUROCRÁTICAS, SEGÚN CASO Caso De finición Factor p Disposición administrativaEntendida como todo dispositivo normativo emitido por una entidad destinado a producir efectos jurídicos abstractos y generales sobre un grupo indeterminado de administrados y/o agentes económicos.100% Acto administrativoDefinido como una declaración de una entidad, en el marco de normas del derecho público, destinada a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro una situación concreta. 1/85% Actuación materialComprende todo comportamiento, manifestación y/o actividad material de una entidad o un funcionario, servidor público o cualquier persona que ejerza funciones administrativas por delegación, bajo cualquier régimen laboral o contractual, que sin ser viabilizada a través de un acto y/o disposición administrativa, produce efectos jurídicos capaces de restringir u obstaculizar el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o que constituyan incumplimientos de las normas y/o principios que garantizan la simpli ficación administrativa.75% 1/ En el caso de las infracciones 47 a 50 (incumplimiento de mandatos) de la tabla de graduación, infracciones y sanciones máximas para entidades, se debe considerar este factor. Finalmente, debe tenerse en cuenta que en caso de funcionarios, servidores públicos o cualquier persona que ejerza funciones administrativas por delegación, bajo cualquier régimen laboral o contractual, la multa a imponerse, en atención a la Tabla de Graduación, Infracciones y Sanciones, no puede superar el treinta por ciento (30%) del total de la remuneración percibida durante el ejercicio del año anterior a la comisión de la infracción, o durante el tiempo de contratación asociado a la infracción. Asimismo, para el caso de entidades, la multa a imponer no puede superar el treinta por ciento (30%) del presupuesto institucional modi fi cado (PIM), visualizado en el portal web institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en la fecha de emisión de la resolución que impone la sanción. La constancia de visualización de presupuesto indicado debe ser incorporada al procedimiento por el órgano resolutivo correspondiente a través de una Razón de Secretaria. A.3 Método de valores preestablecidos para infracciones de Prestadores de Servicios de Certifi cación Digital En el caso de infracciones de Prestadores de Servicios de Certi fi cación Digital, para la estimación de la Multa Base ( m) se debe utilizar la siguiente fórmula: ݉ൌሺܦൈܶሻ En donde: Db = Valor del daño base, monto expresado en UIT el cual representa la afectación que genera de manera real o potencial la infracción. Considerando que el tope máximo establecido para las multas en materia de Firmas Digitales es de 50 UIT y que los factores agravantes pueden hasta duplicar la multa, se establece el daño base según se califi que con los valores establecidos en los factores de gravedad de cada infracción (Ver Cuadro Nº 10, 12, 13 y 14). T = Factor tamaño de la empresa, el cual incorpora el tamaño del agente materia de incumplimiento (Ver Cuadro Nº 15).