TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Sábado 27 de febrero de 2021 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 285-2020/ MINSA, de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P Nº 020) del Despacho Viceministerial de Salud Pública se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, con el documento de Visto, el Viceministro de Salud Pública propone designar a la señora KARIM JACQUELINE PARDO RUIZ en el cargo antes señalado; Que, a través del Informe Nº 191-2021-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la acción de personal solicitada; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora KARIM JACQUELINE PARDO RUIZ, en el cargo de Ejecutiva Adjunta II (CAP – P Nº 020), Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1931105-6 Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 301-2021/MINSA Lima, 25 de febrero del 2021Visto, el expediente Nº 21-018138-002, que contiene el Memorándum Nº 135-2021-DVM-SP/MINSA, emitido por el Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 285- 2020/MINSA, de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 809) de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, con el documento de Visto, el Viceministro de Salud Pública propone designar al señor JIMMY JOHAN PEREZ LARRU, en el cargo señalado precedentemente; Que, a través del Informe Nº 194-2021-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la acción de personal solicitada; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y,De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JIMMY JOHAN PEREZ LARRU, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P Nº 809) de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1931105-7 Aprueban el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2021/MINSA Lima, 25 de febrero del 2021Visto, el Expediente Nº 21-009179-003, que contiene el Proveído Nº 004-2021- OGDESC/MINSA en el Informe Nº 003-2021-CAP-OGDESC/MINSA SD, emitido por la Ofi cina General de Gestión Descentralizada; el Informe Nº 343-2021-OGAJ/MINSA, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, cuyo proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la asignación y transferencia de competencias a los gobiernos regionales y locales se efectúa gradualmente bajo los criterios de subsidiaridad, selectividad y proporcionalidad, de provisión y de concurrencia; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la Séptima Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el numeral 1 del literal a) del artículo 6 de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, el Poder Ejecutivo constituye Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente, las cuales presentan al Consejo Nacional de Descentralización – CND los Planes Anuales de Transferencia de los sectores; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.1 y el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, el Plan de Transferencia Sectorial es elaborado anualmente por las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional y aprobado por Resolución Ministerial, a más tardar el último día útil de febrero de cada año; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, que aprueba la fusión por absorción