TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Sábado 27 de febrero de 2021 El Peruano / regula la actividad administrativa de fi scalización, así como el procedimiento administrativo sancionador en materia pesquera y acuícola; estableciendo en sus artículos 33, 34 y 35 infracciones y sanciones y la fórmula para el cálculo de la sanción de multa, respectivamente; Que, a fi n de contribuir al cumplimiento de las disposiciones ambientales contempladas en el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2019-PRODUCE, y que la acuicultura se desarrolle de manera sostenible, resulta necesario modi fi car el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-PRODUCE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, incluyendo la tipi fi cación de infracciones ambientales correspondientes a la categoría productiva Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y sus correspondientes sanciones; Que, con Resolución Ministerial N° 180-2020-PRODUCE se dispuso la publicación de la primera versión del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción y en el Diario O fi cial El Peruano; Que, como resultado de los comentarios y/o aportes de la ciudadanía recibidos por dicha publicación, se han realizado modi fi caciones al proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE”; por lo que resulta necesario efectuar la publicación previa de dicha propuesta normativa para conocimiento de la ciudadanía y recibir sus comentarios, según corresponda, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Acuicultura, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Dispóngase la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE”, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, por el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Mecanismo de participación Dispóngase que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: dgparpa@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1931201-1 Designan Director de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00058-2021-PRODUCE Lima, 26 de febrero de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de marzo de 2021, al señor PAULO CESAR CERVERA ALCANTARA en el cargo de Director de la O fi cina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1931195-1 Designan Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00060-2021-PRODUCE Lima, 26 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones