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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2021 (23/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 210

210 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Ordenanza Nº 744-CMPC, de fecha 17 de diciembre de 2020, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, mediante Sesión Ordinaria de Concejo Municipal; vigente desde el 15 de enero del 2021 y cuya adaptación al formato del Sistema Único de Trámites (SUT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) se culminó el día 29 de Enero del 2021; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2020-PRODUCE, de fecha 14 de mayo de 2020, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30877, Ley General de Bodegueros; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1497, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 10 de mayo de 2020, se establece la modi fi cación de los artículos 2º, 3º y los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, así como la derogación del subliteral d.2) del artículo 7º de dicha Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, del 04 de Octubre del 2020, se aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; Que, mediante Decreto Supremo Nº 200-2020- PCM, del 19 de diciembre de 2020, se aprueban Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, y en el artículo 2º se establece la aprobación de los procedimientos administrativos estandarizados de licencia de funcionamiento y de licencia provisional de funcionamiento para bodegas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, del 12 de Marzo del 2021 y modi fi cación parcial a través de Fe de Erratas, del 24 de Marzo del 2021, se aprueban Procedimientos Administrativos y Un Servicio Prestado en Exclusividad Estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales; Que, con Informe Nº 037-2021-UMGI-OGPP-MPC, de fecha 17 de mayo del 2021, la Unidad de Modernización de la Gestión Institucional, remite a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el informe para regularización de los procedimientos estandarizados al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, dando cuenta que de los procedimientos estandarizados relacionados a Acceso a la Información, Licencias de Funcionamiento y de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones, a la fecha han sido formalmente incorporados en el TUPA de la entidad a excepción de dos procedimientos de Licencias de Funcionamiento y desagregación de dos procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones; en concordancia al numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que disponen que los “procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados son de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos ni requieren de la aprobación de otra entidad y deben ser incorporados en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)”. Por lo que recomienda la formalización de la incorporación mediante Decreto de Alcaldía, en concordancia al Artículo 44.5 del mismo Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, el que señala que “una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por… Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo”. Puesto, que esta incorporación no conlleva incremento de requisitos o tarifas no comprendidas en el TUPA de la entidad, procedimientos que deben ser publicados en la web de la entidad para una mejor orientación al ciudadano y de las unidades de organización involucradas; informe y actuados que son remitidos mediante proveído por el Director de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Que, con Informe Legal Nº 128-2021-OGAJ-MPC, de fecha 31 de mayo de 2021, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, OPINA: porque; de conformidad con el Informe Nº 037-2021-UMGI-OGPP-MPC emitido por la Unidad de Modernización de la Gestión Institucional; resulta PROCEDENTE la modi fi cación y actualización a través de un Decreto de Alcaldía, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 744-CMPC de fecha 17 de diciembre de 2020, y de esta manera se proceda a la incorporación de los Procedimientos Estandarizados aprobados mediante los Decretos Supremos Nº 200-2020-PCM y Nº 043-2021-PCM. Que, estando a las facultades conferidas por el Art. 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 200-2010-PCM, Decreto Supremo que aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM que aprueba Procedimientos Administrativos y Un Servicio Prestado en Exclusividad Estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales; contando además con los vistos buenos de la Gerencia Municipal; O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y O fi cina General de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - 2020 de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, de acuerdo a los nuevos procedimientos de Licencias de Funcionamiento estandarizados y de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones los cuales se detallan a continuación: Nº DETALLE DE PROCEDIMIENTOSGSP 5 GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO 5 1 SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN, CONTROL Y POLICÍA MUNICIPAL5 1 1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CAMBIO DE GIRO5 1 2 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (CON ITSE POSTERIOR)5 1 3 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR) 5 1 4 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA) 5 1 5 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA) 516LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (CON ITSE PREVIA) 5 1 7 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR) 5 1 8 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA) 5 1 9 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA)